Ciudad de México. Diversas organizaciones de derechos humanos advirtieron que el pasado miércoles se habría llevado a cabo el traslado de casi 400 internos del Penal de Puente Grande, Jalisco, a otros centros federales de reclusión, sin que hasta el momento sus familiares o representantes tengan información clara al respecto ni se haya demostrado la legalidad de esta acción.
El colectivo #AlertaEnCárceles –formado por una docena de organizaciones civiles, entre ellos el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, Documenta e Idheas-Litigio Estratégico en Derechos Humanos-- señaló que la mañana del 1 de julio trascendió que el Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social había trasladado a 380 presos de Puente Grande a a Base Aérea Militar Número 5, para después reubicarlos en diversos centros federales.
“Las siguientes horas han transcurrido en total opacidad. Hasta la tarde de este 2 de julio, las autoridades no han confirmado o desmentido la información que se ha hecho del dominio público a través de medios de comunicación que señala que la operación se realizó ‘en atención a los perfiles de peligrosidad de las personas trasladadas; quienes fueran supuestamente reubicados en el Centro Federal de Readaptación Social Número 17, en Tomatlán, Michoacán”, destacaron las organizaciones.
Dicho traslado, advirtieron, “ha causado un impacto negativo en las familias y acompañantes a quienes se les ha negado acceder a información puntual del suceso, certeza jurídica y comunicación con sus personas privadas de la libertad, y sin que hasta el momento se tengan mayores detalles de los motivos o la situación actual de las personas trasladadas”.
Por todo lo anterior, los diversos grupos firmantes expresaron su preocupación sobre la legalidad de dichas acciones, ya que, como establece la Ley Nacional de Ejecución Penal (LNEP), tratándose de traslados involuntarios por disposición de la autoridad penitenciaria ésta cuenta con 24 horas para notificar al o la Juez de Ejecución competente para que éste, a su vez, en un lapso de 48 horas más, califique la legalidad de dicha determinación.
“Esta ley también contempla que las personas afectadas pueden impugnar la resolución judicial. El Estado Mexicano tiene el deber proteger y respetar los derechos humanos de las personas privadas de la libertad, que por sus propias condiciones se encuentra en una situación de vulnerabilidad”, como lo establecen la Convención Americana de Derechos Humanos, las Reglas Nelson Mandela y el Conjunto de Principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión.
Dichas legislaciones, recordaron, establecen que los traslados no deben ser practicados “con la intención de castigar, reprimir o discriminar a las personas privadas de libertad, a sus familiares o representantes; ni se podrán realizar en condiciones que les ocasionen sufrimientos físicos o mentales, en forma humillante o que propicien la exhibición pública”.
Los traslados penitenciarios, subrayó #AlertaEnCárceles, “son momentos en que el riesgo de que se cometan violaciones derechos humanos aumenta, debido a la incomunicación y la falta de asistencia de un defensor, este riesgo se ve potencializado debido a la situación actual de emergencia sanitaria a la que nos enfrentamos y ante la que la población privada de la libertad no ha sido atendida con eficiencia y apego a derecho.
“Hacemos un llamado urgente para que las autoridades penitenciarias notifiquen a las jurisdiccionales sobre dicho traslado y se demuestre la legalidad, permitan a las personas trasladadas tener contacto con sus defensoras y defensores y, al mismo tiempo, brindarles certeza jurídica no sólo a ellas, sino también a sus familiares”.