La Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió la Recomendación 9/2020, dirigida a los titulares de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y a CFE Distribución, así como al ayuntamiento de Nuevo Laredo, Tamaulipas, por un episodio de vulneración a las garantías a la integridad personal y la vivienda.
En un comunicado, el organismo público indicó que se trata de un caso en el cual ocurrió un incumplimiento a las distancias mínimas de separación horizontal que deben existir entre las líneas aéreas de distribución de energía eléctrica de media tensión y los edificios, lo cual derivó en lesiones por quemaduras a una persona.
El 29 de enero de 2018, explicó la CNDH, la víctima se encontraba próxima a un barandal metálico del tercer piso de un inmueble localizado sobre la avenida Eva Sámano, en Nuevo Laredo, Tamaulipas, cuando sufrió lesiones por quemaduras, al recibir una descarga eléctrica, proveniente de una línea de media tensión sin protecciones.
Tras su investigación y análisis de las evidencias, la Comisión acreditó que CFE y CFE Distribución son propietarias de la línea aérea eléctrica, la cual --según informe de la Secretaría de Energía--, incumple las distancias mínimas de separación horizontales con las viviendas, que establece la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-2012, lo que provocó que la víctima recibiera la referida descarga eléctrica.
Por su parte, el personal del Ayuntamiento de Nuevo Laredo, Tamaulipas, incumplió con sus obligaciones de inspeccionar y sancionar la construcción del tercer piso del Inmueble de viviendas, que redujo la distancia de seguridad establecida por las Normas Oficiales Mexicanas en materia de electricidad.
“La falta de distancias seguras y protecciones adecuadas vulneró el derecho humano a una vivienda adecuada, de quienes habitan los departamentos en el lugar en que ocurrieron los hechos”, resaltó la CNDH.
Los servidores públicos adscritos a CFE Distribución “conocían los peligros a los que estaban expuestos las personas, ante la indebida proximidad de las líneas de media tensión a la vivienda, puesto que previo al siniestro, habían realizado al menos dos visitas al inmueble, sin que entonces o con posterioridad, hubiesen realizado las acciones que legalmente les correspondían, para evitar el contacto y las consecuentes lesiones”
A pesar de ello, y en respuesta a la solicitud de la víctima, CFE y CFE Distribución se negaron a cumplir con su obligación constitucional de reparar los daños derivados de las quemaduras, de acuerdo con la Comisión.
“La falta de apoyo derivó en angustia emocional de ambos padres y el hermano de la víctima, quienes por sus propios medios tuvieron que hacer frente a la atención médica, el acceso a tratamientos y a una debida rehabilitación durante varios meses en un hospital especializado de los Estados Unidos”, agregó.
Por lo anterior, la CNDH recomendó tanto a los Directores Generales de la CFE y CFE Distribución, como a los integrantes del Ayuntamiento de Nuevo Laredo, reparar de forma integral el daño en términos de la Ley General de Víctimas, que incluya indemnización, atención médica, psicológica, y en su caso psiquiátrica y de rehabilitación y se proceda a la inscripción primer círculo familiar en el Registro Nacional de Víctimas.
También solicitó se obtenga por conducto de una unidad de verificación acreditada y aprobada, un dictamen sobre el estado físico y de seguridad que guardan las líneas y demás equipo asociado a la Red de Energía Eléctrica en la avenida donde ocurrieron los hechos, en Nuevo Laredo, Tamaulipas.
Al Ayuntamiento sele pidió además emita un dictamen relativo a las condiciones de seguridad en que se encuentran los inmuebles construidos sobre la avenida donde ocurrieron los hechos, en relación con las distancias de seguridad entre dichas edificaciones y las líneas de electricidad.