Ciudad de México. El juzgado octavo de distrito en materias de amparo y juicios federales en el estado de México, admitió a trámite el amparo que interpuso el ex titular de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), Tomás Zerón de Lucio, la semana pasada contra la orden de aprehensión que libró un juez en Guerrero por su presunta responsabilidad en los delitos de desaparición forzada, tortura y contra la administración de la justicia, relacionadas con el caso de Ayotzinapa.
La resolución que radica en el expediente 389/2020, el juez Samuel Sánchez Sánchez, acepto el recurso, sin embargo no concedió la suspensión provisional ya que señala no lo solicitó la parte quejosa.
El impartidor de justicia dio un plazo de 15 días a la Fiscalía General de la República (FGR) para que rindan un informe justificado si hay alguna consignación u orden de aprehensión en contra. Asimismo, solicitó a los jueces de control del estado de Guerrero para que notifique si libró la orden de captura, a petición el Ministerio Público Federal.
“En el caso de ser cierta la orden de aprehensión que se reclama que deriva de un asunto del nuevo sistema de justicia penal, la cual conforme al artículo 67 del Código Nacional de Procedimientos Penales, fracción II, debe ser emitida oralmente y deberá constar por escrito después de su emisión oral, al rendir su informe justificado, remitan copia del audio y video de dichas audiencias y copia certificada de lo que se haya asentado por escrito de las mismas.
“De igual forma, en términos del artículo 117 de la Ley de Amparo, párrafo segundo, reformado el diecisiete de junio de dos mil dieciséis, también deberán acompañar a su informe un índice cronológico del desarrollo de las audiencias en que se haya dictado el acto reclamado, en la que se deberá indicar el orden de intervención de cada una de las partes” señala el fallo.
El juez fijo el próximo 17 de julio a las 11 de la mañana para que se realice la audiencia constitucional, donde dictará si otorgar o no la suspensión definitiva.