Ciudad de México. Este lunes 22 de junio vence el plazo constitucional para poder promover una controversia constitucional en contra del acuerdo por el que se dispone de las Fuerzas Armadas para tareas de seguridad pública “de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”.
Hasta el momento, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) solamente se han solicitado tres controversias por este tema: una el pasado 29 de mayo, por parte del municipio de Colima; otra del estado de Michoacán, recibida el 15 de junio; y finalmente el viernes pasado la de la presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Laura Rojas.
Por tratarse del mismo tema, las tres controversias fueron designadas por turno al estudio de la ministra Margarita Ríos Farjat, quien en los próximos días deberá decidir si procede o no admitir a trámite estos juicios constitucionales.
Uno de los principales puntos a esclarecer sobre la procedencia o no de estas controversias es que el acuerdo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo pasado, es consecuencia del artículo quinto transitorio del decreto de reformas constitucionales para la creación de la Guardia Nacional (GN), publicado desde el 26 de marzo del año pasado, el cual no fue impugnado.
Dicho transitorio dispone que “durante los cinco años siguientes a su entrada en vigor, y en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública”.