Ciudad de México. Tras cuatro años de arbitraje internacional, el gobierno mexicano ganó a Tele Fácil una demanda en que la empresa reclamó como pagó mínimo 472 millones 148 mil 929 dólares –más lo que sumaran intereses y otros gastos derivados del proceso- como compensación, al supuestamente ver afectada su inversión en el mercado mexicano por medidas del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
En su lugar, el 5 de junio pasado, un tribunal internacional resolvió a favor de México y condenó al accionista principal de la empresa, Joshua Dean Nelson, a pagar 2 millones 54 mil 199 dólares al país, por concepto de gastos incurridos en el proceso, exhibe el laudo publicado este 17 de junio por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial.
El caso data del 27 de abril de 2016, cuando Jorge Luis Blanco –quien luego dejó la demanda al seguir un proceso de quiebra en Estados Unidos– y Joshua Dean Nelson, accionistas de Tele Fácil, notificaron la intención de iniciar un arbitraje inversionista-Estado de conformidad con la Sección B del Capítulo XI del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).
Tele Fácil obtuvo en 2013 un título de concesión para el uso de una red pública por 30 años y con ello podía dar servicio de televisión fija, móvil, internet y TV por cable. La empresa ofrecería servicios en la Ciudad de México, Guadalajara, Monterrey, pero no cuenta con la interconexión a la red de Telmex.
De acuerdo con los entonces inversionistas, determinadas medidas emitidas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y decisiones de juzgados y tribunales especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones del Poder Judicial de la Federación (PJF) destruyeron su inversión en el país.
En particular, acusó que el IFT revirtió una resolución de 2014 con motivo de un desacuerdo de interconexión entre Telmex y Tele Fácil con respecto a las tarifas de interconexión acordadas entre ambas empresas. Tras impugnar ante tribunales mexicanos, la empresa mudó al mecanismo internacional por considerar que éstos no revirtieron presuntas preferencias por la firma de Carlos Slim en las decisiones del regulador.
El tribunal internacional determinó que las acciones reclamadas por Tele Fácil no constituyeron una expropiación ni son violatorias de la obligación de otorgar trato justo y equitativo a inversionistas extranjeros, ni implicaron negación de justicia, conforme al Capítulo XI del TLCAN.