El Juzgado Segundo Especializado en Competencia Económica con sede en la Ciudad de México otorgó dos suspensiones provisionales en favor de las empresas Tampico Solar y Saferay Solar, para que se suspenda temporalmente y hasta que resuelva de fondo los recursos presentados en contra de la aplicación del incremento establecido por la Comisión Federal de Electricidad (CFE) de entre 407 y 775 por ciento por el servicio de transmisión de electricidad que producen empresas privadas.
A través de las listas de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal se dieron a conocer las resoluciones de dos juicios de amparo promovidas por las empresas antes mencionadas, como parte de los litigios que se han entablado en contra de diversas disposiciones establecidas en la Ley de la Industria Eléctrica, la Ley de Energía Geotérmica y se adicionan y que reforman disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, y que forman parte del Acuerdo para garantizar la eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional, con motivo de la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).
En las resoluciones se menciona que se “concede la suspensión para el efecto de que no se ejecute en perjuicio de las quejosas la resolución RES/893/2020 y la Determinación de los cargos por el Servicio de Transmisión para fuentes de energía renovable o de cogeneración por nivel de tensión, a precios de 2018, publicada en el Diario Oficial el 10 de junio de 2020’’.