Ciudad de México. Una decisión del juzgado primero de distrito en materia administrativa, especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, frenó por tiempo indefinido el acuerdo por el cual el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) había detenido la puesta en marcha de nuevas plantas de energía renovable en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN).
El juzgado otorgó suspensiones definitivas a seis empresas que impugnaron el acuerdo del Cenace. Las resoluciones del juez Rodrigo de la Peza, titular de dicho juzgado, frenan la entrada en vigor del acuerdo que el órgano regulador publicó el pasado 29 de abril en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El gobierno federal puede impugnar las suspensiones definitivas, pero el fallo de los recursos puede tardar meses y mientras tanto la medida cautelar estará vigente hasta que se resuelva de fondo el juicio de amparo que promovieron las empresas.
De acuerdo con la resolución judicial, mientras todo eso ocurre las cosas permanecerán en el estado en el que se encuentran.
La semana pasada el impartidor de justicia concedió recursos provisionales a los quejosos contra el acuerdo del Cenace.
Entre los actos que reclamaba una de las empresas, de las que se reservó el nombre, son las órdenes y confirmaciones verbales de los días 3, 4, 6, 7 y 10 de mayo pasado, relativas a la reducción, limitación y restricción de la capacidad de generación de energía de sus centrales eléctricas.
Además, en su momento el juez admitió a trámite y ordenó la acumulación de otros juicios de amparo promovidos por otras empresas, a las que también les concedió suspensiones provisionales y ahora definitivas, en tanto el juez resuelve si les otorga o no el amparo definitivo.
Cuando concedió los recursos provisionales, Rodrigo de la Peza argumentó que el acuerdo del Cenace representa un retroceso en la transición energética del país, además de que vulnera los derechos a la libre competencia económica, acceso a la salud y medio ambiente sano.
Sostuvo que sería “muy grave” para la sociedad la paralización o el retraso en la operación de las plantas de energía limpia, pues ello alteraría el funcionamiento del mercado en términos de libre competencia económica.
El juez federal agregó que no hay evidencia de que el Cenace evaluará el impacto ambiental de su decisión, lo que es contrario al principio de precaución para evitar afectaciones al medio ambiente.
El pasado 29 de abril el Cenace dio a conocer el Acuerdo para garantizar la Eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad y Seguridad del Sistema Eléctrico Nacional, con motivo del reconocimiento de la epidemia de Covid-19.
De acuerdo con el documento, el gobierno federal considera que la generación intermitente de las centrales eléctricas eólicas y fotovoltaicas afecta la confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional en suficiencia, calidad y continuidad al sistema eléctrico, por lo que durante la pandemia las plantas fósiles (como termoeléctricas) tendrán prioridad para despachar energía.
Además, uno de los apartados establece que desde el 3 de mayo, las plantas generadoras que sean eólicas o solares que estén listas para operar no podrán hacerlo hasta nuevo aviso.