Ciudad de México. Fue admitida a trámite por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la controversia constitucional que promovió la semana pasada el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra de la reducción de los tiempos fiscales para la radio y la televisión.
Empero, la SCJN negó la suspensión solicitada por el INE, por lo cual esta disposición entrará en vigor el próximo 15 de mayo, como se tenía previsto en el decreto impugnado.
Se trata del tiempo al aire que las empresas concesionarias de radio y televisión ponen a disposición del gobierno federal como una forma de pagar parte de sus impuestos, estos espacios sirven para difundir spots de servicio y promoción de las actividades gubernamentales, pero en tiempos electorales, parte de él se dispone para que los partidos políticos difundan su propaganda.
El INE argumentó en su demanda que el jefe del Ejecutivo Federal invadió sus competencias al recortar los tiempos disponibles para la propaganda en tiempos electorales.
Al respecto, el presidente Andrés Manuel López Obrador afirmó no estar de acuerdo con la controversia presentada por el INE, explicó que su decisión no tiene que ver con los periodos de campaña electoral, pero que será la SCJN quien al final lo revuelva.
En el acuerdo de admisión de la demanda del INE, la SCJN dio un plazo de 30 días, contados a partir de la notificación, para que el Ejecutivo federal presente su contestación, en la que deberá remitir copias certificadas tanto del decreto impugnado como de sus antecedentes, apercibido que, de no cumplir con lo anterior, se le aplicará una multa.