Ciudad de México. En votación dividida de seis contra cinco, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional la obligación que se impone a los medios electrónicos para propiciar “El uso correcto del lenguaje”, pues esto supone un acto de censura.
El resolver una contradicción de tesis sobre el artículo 222 fracción IX de la Ley Federal de Radiodifusión y Telecomunicaciones (LFTyT), el pleno de ministros aprobó la propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena donde se define que esta norma impone una restricción de contenido a la libertad de expresión, que no tiene sustento en la constitución.
Durante la discusión se mencionó además que México no tiene un idioma oficial, y que incluso el español que se usa en el país varía según cada región o grupo social. La mayoría de los ministros advirtieron que pretender establecer una policía del lenguaje sería imponer un modelo ilegítimo.
Entre quienes votaron en contra de la propuesta estuvieron la ministra Margarita Ríos Farjat, quien afirmó que la norma invalidada tiene el fin de proteger los derechos de las audiencias a contenidos de calidad; y también el ministro Alberto Pérez Dayán, quien aludió al patriotismo y a la unidad nacional como bases para proteger “la lengua nacional”.
Sin embargo, la mayoría advirtió que esta idea sería discriminatoria, el ministro presidente, Arturo Zaldívar afirmó que el idioma está en constante evolución y que sancionar a quien haga un uso incorrecto del lenguaje en radio y televisión “claro que es una censura, so pretexto del uso correcto del lenguaje se puede impedir cualquier mensaje”.
Por tratarse de una contradicción de tesis, el fallo de la SCJN sentará jurisprudencia y evitará que, a partir de su publicación, los juzgados y tribunales de todo el país avalen imponer sanciones a quienes, en radio y televisión, no cumplan con la norma de propiciar “el uso correcto del lenguaje”.