Los gobiernos estatales sí tienen facultades para tomar medidas adicionales a las dictadas por el gobierno federal y limitar algunas libertades, como las de tránsito o reunión, con el fin de evitar los contagios por Covid-19, esto según el acuerdo de un juez federal con sede en el estado de Coahuila.
El juez tercero de distrito, Juan Marcos Dávila Rangel, admitió a trámite el amparo promovido por un ciudadano, en contra del decreto del gobierno de Coahuila, promulgado el 22 de abril pasado, que contempla medidas para combatir la pandemia y que, a decir del quejoso, causan “un ataque a la libertad personal deambulatoria, registro de persona o detención fuera de procedimiento para verificar si se porta cubre bocas o está provisto de gel antibacterial, o cualquier otro acto de investigación sobre una hipotética infección.”
Aunque admitió el amparo para su estudio, el juez Dávila Rangel negó otorgar la suspensión provisional, por lo que el ciudadano que promovió este juicio deberá seguir observando las disposiciones del gobierno estatal para controlar la pandemia.
El juez explicó en su acuerdo que, aunque a nivel federal el Consejo de Salubridad General es la máxima autoridad en este tema, los gobiernos estatales mantiene sus atribuciones: “cada autoridad, de cualquier nivel de gobierno, conserva sus propias facultades y competencias para combatir la declaratoria de emergencia epidemiológica, por ser la salubridad nacional un ámbito donde coinciden todas las autoridades sanitarias del país.”
Aunque se negó la suspensión, el juez aceptó revisar la constitucionalidad de las medidas sanitarias tomadas por el gobierno estatal, por lo que emplazó a las autoridades de Coahuila para que, en un plazo de 15 días, respondan por escrito a esta demanda.