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Dan plazo de 24 horas para la entrega de insumos médicos en Edomex

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A principios de abril, personal médico del Edomex recibió material de protección. Foto tomada del Twitter de @SaludEdomex
27 de abril de 2020 16:13

Ciudad de México. El Sindicato Estatal de Servicios de Salud del Estado de México (SESSEM) obtuvo de un juez federal del estado de México, una suspensión de plano que ordena al director general del Instituto de Salud del Estado del México, así como al Director del Hospital General de Nezahualcóyotl "La Perla", entregar, en un plazo de 24 horas, insumos de protección médica al personas de los hospitales, clínicas, unidades y centros médicos estatales para atender la emergencia sanitaria del Covid-19.

Asimismo el impartidor de justicia obligó a las autoridades sanitarias de la localidad que dote de pruebas y medicamentos para atender a los pacientes con posibles síntomas de coronavirus.

El médico Miguel Ángel Girón Guzmán, quien era titular del área de urgencias en el turno matutino del Hospital General “La Perla”, falleció debido a que se contagió de Covid-19. Según información oficial, la víctima quien tenía 59 años y era diabético, viajó a Cuba a inicios de marzo y fue a su regreso cuando presentó los síntomas que ocasiona el virus.

También hace cinco días paramédicos de Rescate municipal y médicos del Hospital General La Perla demostraron que no pudieron aplicar y explicar el protocolo de atención a casos sospechosos de coronavirus Covid-19, luego de que en pleno patio del nosocomio se murió un paciente con sospecha de contagio del virus.

En juego, la salud de 48 mil trabajadores de la salud

De acuerdo con la demanda de amparo, entre los actos que reclama el SESSEM son los actos omisivos del Instituto de salud estatal del memorándum del 20 de abril, así como la falta de equipo para evitar el contagio del Sars-CoV-2 el juez federal consideró que de la suspensión, “no sólo dañaría la salud de aproximadamente cuarenta y ocho mil trabajadores del sistema de salud del Estado de México (como se indica en la demanda), sino implicarían actos que importan peligro de privación de la vida”.

En su demanda, la Secretaria General del SESSEM aseguró que al 23 de abril de 2020, de acuerdo con el reporte de la Secretaría de Salud Federal, en el Estado de México, existían mil 734 casos confirmados de coronavirus, 134 defunciones y mil 233 casos sospechosos.

Asimismo, refirió que se tiene noticia que en el Hospital General de Atizapán de Zaragoza, hay 35 casos positivos de médicos de ese nosocomio; circunstancias por la que estima la parte quejosa que resulta necesaria la distribución de equipo médico que evite el contagio y propagación del Covid-19, a todo el personal médico, esto es, inclusive aquel que no está atendiendo de manera permanente a los pacientes diagnosticados con dicho padecimiento.

Para Abigail Ocampo Álvarez, Jueza Primero de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, es evidente que el personal de salud en el Estado de México desempeña un papel decisivo en la respuesta al brote del Covid-19 y es la piedra angular de las defensas para limitar o contener la propagación de la enfermedad, por lo cual consideró, se les debe dotar de las herramientas necesarias para que puedan trabajar de manera segura y eficaz.

Ello, dijo, sin que esos insumos deban considerarse exclusivamente de determinadas áreas médicas, por ejemplo, aquel personal dedicado directa y expresamente a atender a los pacientes sospechoso o confirmados con el padecimiento aludido, sino es claro que las medidas de protección abarcaran todo el personal médico, toda vez que, dado el momento crítico, el Estado de México y, en su caso, todo el país, necesitara de todo aquel experto en medicina, por lo cual, es evidente que resultan ser un grupo de mayor protección dadas las circunstancias sanitarias.

“En lo que respecta al acto consistente en la falta de insumos consistentes en cubre bocas N95, goggles médicos, gorro, bata desechable, guantes, botas quirúrgicas, los cuales son necesarios para evitar el contagio del Covid-19; el cual debe ser distribuido a todo el personal médico de los hospitales, C.E.A.P.S., centros de salud y unidades médicas, se concede la suspensión de plano a fin de que la autoridad señalada por la parte quejosa como acrediten que los hospitales, C.E.A.P.S., Centros de Salud y Unidades Médicas que se encuentran bajo su jurisdicción en el Estado de México, se les dotó de todo tipo de bienes y servicios, entre los que se encuentren equipo médico, agentes de diagnóstico, material quirúrgico; de curación y productos higiénicos”

Y dio de plazo 24 horas para que acrediten e informen a este Juzgado sobre el cumplimiento dado a la suspensión de plano, de lo contrario serán acreedores a medidas de apremio. “se informa a la mencionada autoridad responsable que la violación de la medida suspensional decretada implica la comisión de un delito, conforme a los artículos 262, fracción III y 266, fracción, I, de la Ley de Amparo, por lo que de consumarse o seguirse ejecutando el acto que se les reclama, de inmediato se dará vista a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita”.

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