Guadalajara, Jal. Arresto por 36 horas, multas o amonestaciones de la autoridad, son parte de las sanciones previstas para aplicarse a partir de este lunes a las personas que salgan de sus casas a pie o viajen en vehículos particulares o públicos sin motivo justificado o sin cubrebocas, anuncia un acuerdo que entró en vigor al ser publicado en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco y tendrá vigencia hasta el 17 de mayo.
“Es obligatorio el uso de cubrebocas para todas las personas que se encuentren en cualquier espacio público, como lo son la vía pública, los edificios públicos o el transporte público; así como en aquellos establecimientos y/o giros que se dediquen a actividades esenciales. Las autoridades municipales serán las responsables de verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad sanitaria antes señaladas”, señala el acuerdo tomado con motivo de la pandemia de Covid-19.
El documento establece que quien incumpla con las medidas “le serán impuestas las sanciones establecidas en los artículos 417 y 427 de la Ley General de Salud (LGS), así como 345 y 356 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco (LSEJ)”.
El artículo 417 de la LGS señala que entre las sanciones está la amonestación con apercibimiento, multa, clausura temporal o definitiva parcial o total y arresto hasta por 36 horas a quien, según dice el artículo 427 de la misma ley “interfiera o se oponga” a las funciones de la autoridad y a quien “en rebeldía se niegue a cumplir los requerimientos” provocando con ello un peligro a la salud de las personas, sanciones que se repiten en los artículos referidos de la LSEJ.
El resguardo domiciliario con el que se deberá cumplir aplica “de manera estricta y sin excepción”, a personas mayores de 60 años de edad, en estado de embarazo o puerperio inmediato, o con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedad cardíaca o pulmonar crónicas, inmunosupresión (adquirida o provocada), así como insuficiencia renal o hepática”.
El acuerdo reitera medidas en vigor desde días atrás como la suspensión de actividades definidas como no esenciales, la realización de eventos o reuniones de más de 50 personas ya sean de carácter público, privado o social, fiestas patronales, festividades cívicas o comunitarias propias de cada región, municipio o localidad del estado de Jalisco, conforme a sus usos y costumbres.
Además se instruye una coordinación entre autoridades municipales, estatales y federales de salud y seguridad para que “intensifiquen y refuercen los puntos de revisión sanitaria obligatoria en aeropuertos, centrales de autobuses y puertos, así como en las vías terrestres particularmente en los accesos carreteros que se encuentran en los límites con los estados vecinos de Guanajuato, Michoacán, Aguascalientes, San Luis Potosí, Nayarit, Colima y Zacatecas”.
La obligatoriedad de las medidas de aislamiento social fueron también anunciadas en redes sociales por el gobernador Enrique Alfaro, quien dijo que fueron tomadas ante el relajamiento de las medidas de aislamiento en los últimos días y con el objetivo de salvar vidas, reducir la propagación del virus y evitar el colapso de hospitales.