Ciudad de México. El juzgado primero de distrito en materia administrativa de la Ciudad de México, concedió una suspensión de plano a la asociación civil Documenta, Análisis y Acción para la Justicia, para efecto de que el gobierno capitalino y autoridades penitenciarias de la CDMX, implementen protocolos de prevención sanitaria, "eficaces y proporcionales" en centros de detención a fin de evitar contagios o propagación del Covid-19, así como revisar a los internos para detectar si alguno presenta síntomas de coronavirus.
Asimismo el juez federal dio de plazo 24 horas al gobierno de la CDMX así como al Sistema Penitenciario de la capital tal y directores de reclusorios para que rindan el informe respectivo al cumplimiento de la medida cautelar decretada, de no hacerlo serán acreedores a una medida de apremio, consistente en una multa equivalente de cincuenta a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
De acuerdo con el fallo del juez primero administrativo, que radica en el expediente 381/2020, ordenó tomar las medidas necesarias para efecto de garantizar a los internos de los centros de reclusión de la Ciudad de México el contacto con el mundo exterior a efecto de mantener comunicación con sus familias, derivado de las medidas de confinamiento establecidas para contrarrestar la propagación de Covid-19.
Consideró que sin dichas medidas preventivas necesarias, las autoridades capitalinas pondrían en riesgo la salud, vida e integridad de los internos, sus familiares y personal penitenciario debido a la pandemia del Coronavirus.
La asociación civil solicitó la suspensión de los actos reclamados para que se garantice el derecho humano a la salud de las personas privadas de la libertad, emitiendo todas las medidas de salud, tales como la realización de pruebas y atención a las personas que presenten síntomas de la enfermedad identificada como coronavirus y todas la demás pertinentes para prevenir y evitar el contagio de Covid-19 entre las personas privadas de la libertad en los centros de reclusión.
Asimismo se garantice el suministro básico de higiene, como los de aseo personal y de limpieza de espacios. Se proteja el acceso a agua potable y corriente. Se garantice el derecho a la alimentación sana, nutritiva y adecuada, en virtud, de que se ha restringido el acceso a las visitas.
"Se garantice la gobernabilidad por posibles motines debido a la falta de atención y acceso a la información, así como contacto con el exterior, así como contacto con el exterior, a través de acceso a tarjetas telefónicas, extender el tiempo de llamadas o permitir videollamadas, y ampliar las vías de comunicación. El acceso a la información, atendiendo al principio de máxima publicidad, para que la autoridad informe tanto a la sociedad como a los familiares y a los propios internos las medidas que se están implementando para proteger la salud".