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Medidas por Covid-19 deben ser objetivas y temporales: Segob

Empleado de un restaurante en CDMX anuncia promociones. Foto María Luisa Severiano
Empleado de un restaurante en CDMX anuncia promociones. Foto María Luisa Severiano
13 de abril de 2020 21:57

Ciudad de México. Las medidas adoptadas por el gobierno durante la emergencia sanitaria por el coronavirus “deben ser objetivas, temporales y proporcionales al riesgo” y su aplicación no puede ser discriminatoria ni discrecional, puntualizó la subsecretaria de Derechos Humanos de Gobernación.

Los gobiernos deben además tomar acciones para proteger de la discriminación y la violencia a las personas que tengan o tuvieron Covid-19, personal médico y de enfermería, personas con rasgos estereotipicamente asiáticos y de la diversidad sexual, se indica también.

En todas las acciones y medidas para enfrentar la crisis provocada por Covid-19,- precisa- se debe garantizar la salud púbica y disminuir los efectos adversos sobre los derechos sociales, y las autoridades asegurarán el acceso universal a la atención médica de todas las personas sin importar si tienen servicio médico, recursos económicos, su nacionalidad o situación legal, orientación sexual, si tienen alguna discapacidad, su edad o su pertenencia étnica.

Además, en las acciones dispuestas sobre distanciamiento social para disminuir riesgos de contagio, la subsecretaría que encabeza Alejandro Encinas establece la condición de que aquellas protejan derechos laborales, el salario y la estabilidad y permanencia en el empleo; garanticen el derecho a la alimentación a través de acciones para mantener la producción y abasto de nutrientes; y, asegurar que las personas en situación de calle “puedan permanecer en un espacio digno para su protección durante la pandemia”.

Entre los derechos humanos que se pide también garantizar en este período figura además la distribución del agua y saneamiento de lugares públicos, así como asegurar el acceso a bienes culturales y educativos, “ a fin de mitigar los impactos negativos en la convivencia familiar del resguardo domiciliario”.

En el desglose de las garantías fundamentales a cumplirse se mencionan también las que deben proporcionarse de manera diferenciada para grupos excluidos y en mayor riesgo.

Asimismo, resalta que “la emergencia no debe ser excusa para la intolerancia”, el fomento de discursos discriminatorios basados en prejuicios y estereotipos.

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