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CNBV emite nuevas medidas de capitalización para bancos

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De acuerdo con la CNBV, los bancos pueden hacer uso de suplementos de conservación de capital para hacer frente a escenarios de estrés como el que actualmente se presenta ante la contingencia a causa del coronavirus. Foto ‘La Jornada’
09 de abril de 2020 14:38

Ciudad de México. Han sido emitidas una nueva serie de medidas por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) con el fin de que los bancos puedan utilizar sus reservas y tengan la solvencia necesaria para amortizar los efectos de la crisis derivadas del Covid-19 y que puedan dar crédito a sus clientes en estos momentos.

En un comunicado, el organismo regulador expresó que a los bancos se les permitirá el denominado suplemento de conservación de capital para no deteriorar la liquidés de las entidades, según la regulación bancaria internacional de Basilea.

“Con el objetivo de apoyar la economía y se continúe con el flujo del financiamiento, la CNBV determinó otorgar facilidades regulatorias temporales en materia de capitalización, entre el 1 de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021, de forma que las instituciones de banca múltiple puedan utilizar el suplemento de conservación de capital sin deteriorar su solvencia mínima”.

De acuerdo con la CNBV, los bancos pueden hacer uso de suplementos de conservación de capital para hacer frente a escenarios de estrés como el que actualmente se presenta ante la contingencia a causa del coronavirus. La entrada en vigor de este mecanismo es para que las instituciones mantengan el otorgamiento de crédito sin que se deteriore su solvencia.

“Las facilidades regulatorias consisten, entre otras medidas, en que al usar los suplementos de conservación de capital, las instituciones de banca múltiple no tendrán que presentar para aprobación de la CNBV el plan de conservación de capital, siempre que dicho suplemento se consuma en un máximo de 50 por ciento”, detalló el organismo regulador.

Asimismo, la comisión adelantó que se pospondrá la entrada en vigor de algunas medidas regulatorias internacionales para los bancos que operan en México.

“Se posterga la entrada en vigor de la implementación del estándar internacional conocido como IFRS9 y la recalibración de la cartera crediticia comercial, será el 1 de enero de 2022, la cual originalmente estaba prevista para el 1 de enero de 2021 y el método del Indicador de Negocio para el cómputo de requerimientos de capital por riesgo operacional, actualmente en consulta pública en el portal de internet de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer)”, expuso la CNBV.

Dichos aplazamientos, precisó el órgano regulador, es para que los bancos cuenten con la capacidad de dar crédito a los mexicanos que tengan problemas y no puedan sortear la crisis causada por el Covid-19.

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