Ciudad de México. Por medio de un aviso publicado este 7 de abril en la Gaceta Oficial, la Secretaría de Movilidad, dio a conocer la prohibición de estacionarse a las entradas, salidas y en la acera opuesta frente a clínicas, hospitales y todo aquél inmueble destinado para emergencias médicas en todo el territorio de la Ciudad de México durante el tiempo que dure la contingencia por coronavirus, (Covid-19)”.
Dicha acción tiene “el objetivo de facilitar y garantizar la accesibilidad a clínicas, hospitales y a todo inmueble destinado para emergencias médicas”, dijo la dependencia.
De esta forma las personas que residan, visiten y/o transiten en la capital, deberán sujetarse a disposiciones en materia de estacionamiento, en las áreas de entrada, salida y en la acera opuesta, frente a éstos inmuebles en la red vial primaria y secundaria de la metrópoli.
En este sentido Semovi, ratifica la prohibición de estacionarse en Vialidades Primarias, Laterales de Vías de Acceso Controlado, Ejes Viales y Vialidades principales establecidas en el Reglamento de Tránsito vigente.
En “Vialidades Secundarias se prohíbe a todo tipo de vehículos, el estacionamiento en una longitud de 25 metros antes y/o 25 metros después de la entrada y salida de peatones y vehículos, así como en un espacio de 25 metros a cada lado del eje de entrada en la acera opuesta a ella es decir en una longitud de 50 metros.
De acuerdo con el aviso se permitirá al personal designado por los propios hospitales, clínicas e inmuebles destinados para la atención de emergencias médicas, en las áreas señaladas, la colocación de dispositivos diversos, tales como conos, contemplados en el Manual de Dispositivos para el Control de Tránsito en Áreas Urbanas y Suburbanas, agregó la dependencia.
Respecto a los espacios destinados a Sitios y Bases autorizados por Semovi,
la Secretaría de Seguridad Ciudadana, realizará las reubicaciones correspondientes a fin de que éstos puedan estar en un lugar idóneo donde se garantice la movilidad y la adecuada prestación de los servicios de transporte de pasajeros público.
Una vez pasada la contingencia sanitaria se publicará, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Aviso correspondiente a efecto de que las disposiciones contenidas en la Ley de Movilidad, Reglamento de la Ley de Movilidad y Reglamento de Tránsito, y demás disposiciones en materia de tránsito movilidad, se vuelvan a aplicar correspondientemente.
El Aviso entra en vigor a partir de este martes 7 de abril; las personas conductoras y/o vehículos que no cumplan con las disposiciones previstas en este Aviso serán sujetos de las sanciones previstas en la Ley de Movilidad del Distrito Federal, Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México y demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables, al de Semovi.