Ante la declaratoria de emergencia dictada el lunes por el gobierno federal, el presidente Andrés Manuel López Obrador aclaró que, si bien la Ley Federal del Trabajo establece condiciones para pagar sólo el salario mínimo en fases como esta, también indica que se debe pagar el salario completo, por lo que llamó que, en lugar de litigios, haya responsabilidad social. Anunció que el domingo presentará un plan de impulso y reactivación de la actividad económica.
Por su parte, el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell, detalló cuáles son las áreas esenciales que deben seguir trabajando, tanto en el sector público, como en el privado, en el que se incluye rubros de alimento, servicios de seguridad, o de fabricación de productos básicos.
Durante la conferencia de prensa de este martes en Palacio Nacional, el presidente señaló que en estos casos hay una cuestión de “interpretación” en cuestiones laborales. Recordó que en una reforma que se hizo a la ley del trabajo se estableció que “se puede pagar en caso de emergencia sanitaria pagar el salario mínimo por un mes, pero hay una indicación en la misma ley que se debe dar el salario completo”.
Por ello convocó: “No hay que llegar a los tribunales, es un exhorto, tiene que hacerse por humanismo, tiene que hacerse por fraternidad, por solidaridad, ese es el llamado que estamos haciendo… el llamado no es al litigio, el llamado es a la solidaridad verdadera, autentica, de todas maneras se va a poner el teléfono para quienes quieran conocer más sobre los fundamentos legales. Es demostrar que se tienen empresarios con dimensión social”.
En caso de dudas legales, agregó, la población puede hacer consultas en los teléfonos 5520 005290 de la Secretaría del Trabajo, o al 10800 0832666 de la secretaría de Economía.
En tanto que el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud detalló las actividades laborales que quedan excluidas de estas medidas. En principio, dijo, todas las actividades no esenciales en los sectores público, privado y social quedan suspendidas, desde el 30 de marzo al 30 de abril, lo que representa 21 días hábiles.
Las actividades esenciales que no se pueden parar son las que “de manera directa son necesarias para atender la emergencia sanitar como son las actividades laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo del sector salud, público y privado”.
También las involucradas en seguridad pública y protección de la ciudadanía; en la defensa de la integridad y la soberanía nacional; la procuración e impartición de justicia; así como la actividad legislativa federal y estatal.
Al recordar que hay una cadena productiva necesaria para tener alimento, dijo que no sólo se trata de mantener el punto de venta, sino el transporte, la producción, el agua, la energía eléctrica, lo cual no puede parar.
Por ello, los sectores privados y privados que son esenciales y que no pueden parar son el sector financiero; recaudación tributaria; distribución y venta de energéticos; gasolineras y gas; generación y distribución de agua potable; industria de alimentos y bebidas no alcohólicas; mercados de alimentos; supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y venta de alimentos preparados; servicios de transporte de pasajeros y de carga; producción agrícola, pesquera y pecuaria, agroindustria, química; productos de limpieza; ferreterías, servicios de mensajería.
También son esenciales los guardias en labores de seguridad pública; guarderías y estancias infantiles, asilos y estancias para personas de la tercer edad; refugios y centros de atención para mujeres víctimas de violencia; telecomunicaciones y medios de información; servicios privados de emergencia; servicios funerarios y de inhumación, de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales, logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles), así como actividades cuya suspensión pueda tener efectos irreversibles para su continuación.
El acuerdo en el que la secretaría de salud establece estas medidas será publicado hoy por la tarde.