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Plataformas digitales extranjeras deberán pagar impuestos

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Persona observa la plataforma de video Netflix en imagen de archivo. Foto Ap
18 de marzo de 2020 23:20

Ciudad de México.Las comisiones de Hacienda y la de Estudios Legislativos Segunda, del Senado, aprobaron en comisiones, reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley Federal del Impuesto al Valor Agregado (IVA), para que las empresas extranjeras de servicios digitales de contenidos audiovisuales que prestan sus servicios en México, cumplan con la obligación de pagar sus contribuciones, como lo hacen las empresas nacionales, en beneficio de la Nación.

También con esas modificaciones y adiciones se obligará a los concesionarios de Radio y Televisión a destinar cuando menos el 30% de sus transmisiones por streaming o plataformas digitales a contenido nacional.

En ausencia del PRI, PAN y con solo 18 de sus 31 integrantes, las comisiones unidas de Hacienda y Estudios Legislativos aprobaron la iniciativa del coordinador morenista, Ricardo Monreal, por la que se modifican diversos artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y la Ley Federal del IVA.

La Iniciativa considera que los servicios – de las empresas Netflix, You To be, HBO GO, Amazon PRIMI, Fox Play y BLIM ,entre otras -, consistentes en otorgar el acceso a través de Internet a contenido multimedia de audio y/o video asociado, se prestan en territorio nacional, independientemente del lugar donde se localice el servidor, cuando el usuario que visualiza o descarga el contenido multimedia de audio y/o video asociado se encuentre en territorio nacional cumplan con la obligación de pagar sus contribuciones, como lo hacen las empresas nacionales, en beneficio de la Nación.

El dictamen aprobado estipula la obligación de recaudar y enterar el impuesto a los residentes en el extranjero que presten los servicios consistentes en otorgar el acceso a través de Internet al contenido referido.

Respecto a las modificaciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en el artículo 249 se establece: “Los autorizados para prestar servicios de televisión restringida a través de plataformas de Internet, deberán garantizar que al menos el treinta por ciento de su catálogo esté conformado con producción nacional generada en México”.

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