Ciudad de México. El paquete de iniciativas para reformar el sistema de impartición de justicia penal que presentarán el Poder Ejecutivo, a través del consejero jurídico Julio Scherer, y Alejandro Gertz Manero, titular de la Fiscalía General de la República (FGR), implica un cambio radical al modelo que se probó durante el gobierno de Felipe Calderón Hinojosa y que está vigente desde 2016, ya que de ser aprobado por el Congreso, jueces y magistrados serán designados por el Senado, el papel de la Suprema Corte de Justicia de la Nación será el de administrarlos determinando el número y competencia territorial de sus funciones
y no tendrán conexión con el Consejo de la Judicatura como ahora ocurre, además de que el periodo de su encargo se reducirá de 15 a nueve años. Las modificaciones que se plantearán incluyen que la medida cautelar de arraigo se aplique para todos los delitos y no sólo en investigaciones de delincuencia organizada, aunque su duración se limitará a 40 días.
Las anteriores son algunas de las reformas constitucionales que serán planteadas a los artículos 5, 16, 18, 19, 20, 21, 73, 76, 94, 97, 101, 102, 116 y 122, y que además de facultar al Senado a vigilar y supervisar el trabajo que realicen los juzgados y tribunales especializados
; propone la desaparición de los jueces de control en cuanto a las solicitudes de medidas cautelares, providencias precautorias y técnicas de investigación
y la eliminación de las audiencias iniciales, además de que el mismo juez que conozca de la investigación sea quien dicte sentencia; también vuelve obligatorio el trabajo penitenciario como un requisito para el otorgamiento de las figuras de preliberación y reducción de penas
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El documento forma parte de las propuestas que este miércoles presentarán Scherer y Gertz Manero ante los legisladores, y que incluyen la aprobación de un Código Penal nacional y una ley nacional de cultura y justicia cívica.
En cuanto a las modificaciones constitucionales, se incluye que el trabajo comunitario sea de carácter obligatorio
. Menciona que la autoridad administrativa será competente para aplicar las sanciones por infracciones en materia de justicia cívica y de los reglamentos gubernativos y de policía, las cuales únicamente consistirán en la reparación del daño, amonestación, trabajo a favor de la comunidad, multa o arresto hasta por 36 horas
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Además, se proyectan reformas al artículo 16 y se propone que en los casos de urgencia o flagrancia el Ministerio Público y policía realicen la retención y que el juez de manera inmediata determine la legalidad de dicho acto
, y que en el caso de la medida cautelar de arraigo aplicará para todos los delitos
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Se ampliará el plazo de 40 a 80 días de arraigo solamente en investigaciones de delincuencia organizada, delitos por hechos de corrupción o aquellos delitos que por sus características o circunstancias de ejecución o relevancia social impliquen una cantidad significativa de actos de investigación
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Otro aspecto que destaca la iniciativa es que la víctima u ofendido de un delito podrán solicitar a la autoridad judicial la autorización para que la autoridad ministerial practique cateos, situación que modifica la actual legislación, ya que solamente un agente del Ministerio Público puede solicitar este tipo de acciones.