Ciudad de México. La iniciativa para el nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), incluye entre sus principales puntos el de dejar completamente a los jueces de control la decisión de aplicar medidas cautelares y mantenerlas o modificarlas, como un paso para evitar la llamada “puerta giratoria”, que permitía a delincuentes obtener en algunos casos la libertad inmediata.
El artículo 185 deja esta facultad completamente en manos de las autoridades judiciales, una medida que se explica así en la exposición de motivos: “Atendiendo a las conclusiones de diversos especialistas que han coincidido en que las Unidades de Medidas Cautelares (UMECAS) es una de las áreas sensibles donde se desarrolla la “puerta giratoria”[1], esto atiende a que no se evalúa de manera óptima el riesgo que supone cada uno de los imputados para imponerles alguna de las catorce medidas cautelares, entre ellas, la prisión preventiva oficiosa o justificada, es por ello que en la presente propuesta se estima necesario que sea el Órgano Jurisdiccional quien elabore el estudio para la imposición de la medida.