Nuevo León. Tras diversas gestiones realizadas por CANACAR, CONCAMIN y CAINTRA, el pasado 8 de enero se publicó en el periódico oficial del estado de Nuevo León el decreto por el que se expide la Ley de Movilidad Sostenible y Accesibilidad para el estado, donde se logró que no se contemplen permisos estatales adicionales para el autotransporte de carga.
A través de la circular 8/2020, CANACAR detalló a los socios algunos de los puntos destacados:
Todos los vehículos que presten el servicio de transporte de carga requerirán permiso, serán necesarios solamente si no se cuentan con los permisos federales vigentes (Art 91).
Los vehículos de transporte de carga que no cuenten con placas o permisos federales deberán registrarse ante el Instituto de Movilidad y Accesibilidad (Art 96).
Los permisos de transporte de carga expedidos por la autoridad federal serán reconocidos por el Instituto de Movilidad y Accesibilidad, sin necesidad de trámites adicionales ante las autoridades del estado (Art 178).
El presente decreto entró en vigor al día siguiente de la publicación, es decir, ayer 9 de enero de 2020.
El Reglamento de la presente Ley deberá ser publicado a los 90 días hábiles de su entrada en vigor, es decir, el próximo 19 de mayo de 2020.