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Política

2023-06-12 13:40

Restringe SCJN solicitud de impedimentos contra ministros

Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la Ciudad de México.
Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la Ciudad de México. Foto José Antonio López / Archivo

Las peticiones para que algún ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sea declarado impedido para participar en la resolución de juicios constitucionales, como controversias o acciones de inconstitucionalidad, solo procederán si el mismo togado así lo solicita, según el criterio aprobado este lunes por el pleno del máximo tribunal.

Por ley, cualquier parte en un juicio puede solicitar que alguno de los ministros, de quien tenga indicios que mantiene un conflicto de interés con un caso específico, sea declarado impedido para participar su resolución.

Sin embargo, en las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, los ministros consideraron que en estos asuntos no hay partes en litigio, pues solo se pide a la SCJN que defina si una ley, norma o acción de la autoridad cumple o no con lo que dice la carta magna.

Es por ello que el Pleno resolvió que, en estos casos, no es posible dar trámite a las peticiones externas para que un ministro sea declarado impedido.

La resolución de este tema se dio al analizar las peticiones del congreso de Nuevo León, para que la ministra Margarita Ríos Farjat se declarara impedida de conocer las controversias promovidas por el gobernador de ese estado, Samuel García, quien combate la intención de los legisladores para destituir a su Secretario General de Gobierno.

“Yo propongo que se declare a este tipo de promociones como improcedentes de origen, y que solo podamos atender aquellas en las que los propios ministros o ministras lo propongan, al considerar por sus circunstancias personales que pudieran estar en una causa de excusa o impedimento”, planteó el ministro ponente, Luis María Aguilar Morales.

Esta propuesta fue aprobada por unanimidad, por lo que a partir de ahora sólo se podrán promover impedimentos contra los ministros de la SCJN, en casos como amparos, recursos o contradicciones, pero no en juicios constitucionales.

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