La sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró la inexistencia de actos anticipados de campaña atribuidos a la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, y al canciller Marcelo Ebrard.
El primer caso fue relativo a un acto realizado en febrero pasado en Querétaro, donde supuestamente se promovió la imagen de la funcionaria –ella no asistió–, y el segundo por videos divulgados en la cuenta de TikTok de Ebrard.
Pese a la declaración de inexistencia de infracciones, el magistrado Luis Espíndola llamó “a los servidores públicos, partidos y militancia a elevar su deber de cuidado y cumplir con las reglas del juego, a fin de que los próximos comicios no queden manchados por intervenciones indebidas”.
En otro asunto, se declaró la existencia de promoción personalizada del presidente Andrés Manuel López Obrador en periodo prohibido, cuando transcurría el proceso hacia la consulta de revocación de mandato, pero se dejó en claro que no se le puede imponer ningún tipo de sanción.
Si bien se atribuyeron infracciones a funcionarios del área de comunicación social y vocería del gobierno de la República, por contenido en dos eventos y dos conferencias mañaneras en febrero de 2022 del mandatario, se concluyó que “son existentes las infracciones en propaganda oficial en periodo prohibido, promoción personalizada e incumplimiento de medidas cautelares atribuidas al Presidente de la República...En cuanto a las infracciones que se le acreditaron, no resulta aplicable dar ‘vista’ (al superior jerárquico) por el régimen especial para sancionar al titular del Ejecutivo”.
En cuanto al TikTok, un ciudadano denunció que los videos de Ebrard son parte de una estrategia de promoción rumbo a la Presidencia en 2024, por lo que acusó actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y vulneración de los principios de imparcialidad y equidad en la contienda.
La sala especializada dijo que “no hay elementos para comprobar la existencia de dichas infracciones, en particular porque en los materiales denunciados no hay una petición de apoyo a su eventual postulación como candidato presidencial”. Al contrario, los magistrados avalaron el proyecto según el cual el canciller “únicamente manifestó su intención de aspirar al cargo”.