Ciudad de México. Las impugnaciones de legisladores del PAN, PRI y PRD a la nueva ley de Minería, beneficia a las mineras que por 31 años han contado con una legislación que les permitió violar derechos, contaminar el agua y arrasar con el medio ambiente de pueblos y comunidades. Esos diputados ignoraron los llamados de integrantes de comunidades, académicos y organizaciones que les explicaron los avances de la nueva legislación, señalaron la colectiva Cambiémosla ya y la Alianza por la Libre Determinación y Autonomía (Aldea).
Precisaron que el 7 de junio, legisladores de esos partidos presentaron una acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Minería aprobada en abril. Con esta acción los que hacen es impugnar derechos como la consulta y el consentimiento de los pueblos indígenas y afromexicanos, que deben ser garantizados porque son obligaciones del marco convencional de los derechos humanos y de la Constitución Mexicana.
En un comunicado consideraron grave que los representantes populares sean “incapaces de salvaguardar los derechos de las comunidades y posicionarse más allá de sus pugnas políticas. Con esta decisión, prefirieron ignorar las voces de cientos de comunidades y miles de personas que desde todas las regiones del país les pedimos no impugnar esta ley y dejar de propiciar con su actuar la violación sistemática de derechos”.
Con el argumento de que la ley se aprobó incumpliendo el proceso legislativo, los diputados apelan a que se declare la inconstitucionalidad de la Ley de Minería, a pesar de que representa un gran avance en el cumplimiento de los derechos de los pueblos y comunidades que por más de 30 años han sido violados sistemáticamente al amparo de la ley Minera de 1992, que daba rienda suelta a las empresas para depredar los territorios, destruir vidas y devastar el medio ambiente sin sanción alguna, mencionaron.
Más grave aún es el hecho de que los diputados y diputadas que presentaron la acción de inconstitucionalidad argumentan, entre otros temas, que con la aprobación de la nueva Ley de Minería se incurrió en una “violación del derecho de consulta previa de todas las comunidades indígenas”.
“Ningún legislador de estos partidos se preocupó, en las pasadas tres décadas, por el derecho de pueblos y comunidades a ser consultados antes de que se entregaran miles de concesiones mineras en los territorios de su propiedad1. No sólo no se les consultaba, ni siquiera se les informaba. Esta es la primera ley que incorpora la consulta para obtener el consentimiento y la impugnan porque no fue consultada. Mayor cinismo no es posible”, advirtieron.
Recordaron que la nueva legislación “contiene avances esenciales” como la obligación de realizar un proceso de consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada para obtener el consentimiento de los pueblos para dar una concesión en sus territorios; retira el carácter de actividad preferente a la minería; prohíbe la minería en zonas con estrés hídrico y en Áreas Naturales Protegidas, prohíbe los trabajos de minería en el fondo marino, elimina el derecho de expropiación de los concesionarios, reduce los tiempos de las concesiones y regula de mejor forma los títulos de concesión para la actividad minera.
También establece obligaciones para el cierre de minas y causales de cancelación de títulos de concesión minera. Sin embargo, dijeron, con el recurso interpuesto ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación existe la posibilidad de regresar a la Ley Minera de 1992 y dar marcha atrás a los avances incorporados en este marco legal. Llamaron al Poder Judicial a ponderar los derechos incorporados en esta ley y permitir que se conviertan en realidad en el país.