Ciudad de México. La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo promovido por la empresa Sabritas, contra la disposición, vigente desde la Miscelánea Fiscal de 2022, para que los transportista tengan que llevar una Carta Porte que acredite el origen legal de su carga.
Este documento electrónico se expide como complemento del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CDFI), por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), y la omisión de tramitarlo será motivo de una sanción económica a partir del 31 de julio próximo.
En su fallo, aprobado por unanimidad, los ministros señalaron que, con la emisión de este documento, el SAT no invade la competencia de la Federación en materia de regulación de comercio, al emitir reglas sobre las características de los comprobantes fiscales digitales que amparan la legalidad del transporte de mercancías.
"El artículo reclamado no otorga facultades a la autoridad administrativa para emitir reglas de carácter general que tenga por objeto regular el comercio, y que por ello se invada la competencia exclusiva de la Federación para legislar en esa materia; sino que, se insiste, sólo se refiere a la posibilidad de detallar el contenido de los comprobantes fiscales digitales con el propósito de que estos sirvan para acreditar la legalidad del transporte de mercancías", señala el proyecto aprobado, el cual fue elaborado por el ministro Javier Laynez Potisek.