Habitantes del municipio de Jilotzingo, estado de México, ganaron un amparo contra la ejecución de un proyecto inmobiliario para la construcción de 20 mil viviendas en la zona natural protegida conocida como Espíritu Santo. El juzgado décimo de distrito en Naucalpan de Juárez les concedió la protección de la justicia federal a fin de preservar el derecho a un ambiente sano.
El Consejo de la Judicatura Federal informó que el fallo ordena al gobernador del estado de México instruir a las dependencias competentes emitir un programa de manejo para la zona de conservación ambiental Espíritu Santo que defina acciones prioritarias a corto, mediano y largo plazos que preserven la biodiversidad, además de que controlen el uso y aprovechamiento sostenible del ecosistema.
Al resolver el amparo indirecto 68/2019, el juez René Ramos Pérez concluyó que el proyecto inmobiliario Bosque Diamante carece de estudios de impacto ambiental, por lo que ordenó revocar los permisos concedidos, entre ellos, dos licencias municipales de cambio de uso de suelo e incremento de coeficiente de densidad; una autorización federal de impacto ambiental; una autorización federal de cambio de uso del suelo en terrenos forestales, y una autorización local para la construcción de un conjunto urbano.
El juzgador subrayó que proteger el derecho humano a un ambiente sano exige de las autoridades abstenerse de actos contaminantes, así como tomar acciones positivas y deliberadas tendientes a tutelar ese derecho de manera eficaz y con miras a su plena realización.
Sostuvo que el derecho a un ambiente sano no sólo es en relación con las personas, sino que se liga directamente con los derechos de la naturaleza misma. La sentencia del juez Ramos Pérez precisa que desde hace años se ha considerado a Jilotzingo como pulmón verde y zona que aporta beneficios ambientales a la región, pues la mayor parte de su territorio está catalogada como área natural protegida; pese a ello, existen construcciones de particulares que deben ser indagadas.
Puntualiza que las omisiones en que incurrieron diversas autoridades se traducen en una violación al derecho a un ambiente sano, que debe ser reparada.
Las autoridades responsables no adoptaron las medidas necesarias para evitar la deforestación de los bosques del lugar, concluyó el juez.
La sentencia precisa que si se concede otra autorización, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales deberá pronunciarse sobre los impactos ambientales y la viabilidad de la obra, considerando las características y normativa aplicable, en cuyo caso deberá instruir el despliegue de medidas específicas de prevención y/o mitigación tendentes a evitar, revertir o paliar los eventuales daños al ambiente.