La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) discute desde la noche del miércoles el proyecto con base en el cual se ordenaría al presidente Andrés Manuel López Obrador abstenerse de hacer llamados político-electorales.
Si bien es una medida cautelar, pues el fondo de los asuntos denunciados por PAN y MC los analizará la sala especializada del TEPJF, los magistrados estarían fijando un criterio distinto al de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE).
Ese grupo, integrado por los consejeros Claudia Zavala (presidenta), Rita Bell López y Jorge Montaño –los últimos, dos de los cuatro que llegaron al INE en abril–, ha hecho mayoría con sus votos.
El caso del mandatario y las mañaneras llegó a la sala superior y en seguida la magistrada ponente, Janine Otálora, propuso un criterio distinto al de la citada comisión del INE.
“Se advierte que se llama a no votar y votar por opciones políticas, por lo que sí se justifica el dictado de medidas cautelares para garantizar los principios de imparcialidad y neutralidad como ejes rectores de los procesos electorales”, se lee en el proyecto.
Hasta anoche, trascendió, el diagnóstico no había alcanzado los cuatro votos necesarios para su aprobación. La resolución será en sesión no presencial privada. La magistrada analizaba el tema y la propuesta de resolución con sus colegas.
Al documento base fueron anexados los dichos del Presidente en ambas mañaneras en Palacio Nacional.
En los extractos se incluyó, por ejemplo: “Pues hay que votar, hay que votar, hay que votar, no sólo para el candidato a presidente, hay que votar por los legisladores, por los candidatos a diputados y a senadores, para que la transformación cuente con mayoría calificada”.
Si prospera la medida, se ordenará al Presidente el retiro inmediato –no mayor a 24 horas contadas a partir de la notificación– de las mañaneras citadas y se le “vincula” para que se abstenga de llamar a votar o no, o no hacerlo por partido o movimiento alguno.
Si la Presidencia no retirara los extractos de las mañaneras, el INE ordenaría a los concesionarios cesar “cualquier transmisión o difusión de programas, espots o videos o audios violatorios de las medidas cautelares referidas”.
Legalmente, los servidores públicos no pueden ser sancionados aun cuando se compruebe su responsabilidad en infracciones electorales, sólo se da vista al superior jerárquico que corresponda. El Presidente de la República no tiene superior jerárquico; una eventual resolución en su contra sería sólo un apercibimiento público.