Un juez federal dio por concluido el proceso penal que se inició contra los científicos e investigadores Julia Tagüeña Parga, ex directora adjunta del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt); José de Jesús Franco y Gabriela Dutrénit Bielous, ex coordinadores del Foro Consultivo de Ciencia y Tecnología (FCCyT), por delitos de delincuencia organizada y lavado de dinero vinculados a presuntas aportaciones ilegales por 244 millones de pesos.
Por unanimidad, el segundo tribunal colegiado de apelación con residencia en el estado de México confirmó la sentencia de Gregorio Salazar, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal, quien en septiembre de 2021 negó a la Fiscalía General de la República (FGR) una orden de aprehensión contra los investigadores, ya que, sostuvo, no existían delitos que perseguir contra los integrantes del Conacyt.
En 2020 se inició una primera investigación, la cual no fue judicializada, y a principios de 2021 se abrió una nueva pesquisa, base de las acciones emprendidas por el Ministerio Público.
En audiencia del 13 de enero de 2023, el juez federal Gregorio Salazar Hernández, resolvió dictar el sobreseimiento del proceso penal en favor de cinco de 31 científicos investigados por la FGR.
En dicho sobreseimiento, el juez de control señaló que ninguno de los hechos investigados en la carpeta FED/FEMDO/UEIORPIFAM-CDMX/0000222/2021 era constitutivo de delito. La FGR pretendió imputar a los científicos los delitos de peculado, operaciones con recursos de procedencia ilícita, uso ilícito de atribuciones y facultades y delincuencia organizada, en virtud de una denuncia presentada por el Conacyt en relación a los fondos destinados al Foro Consultivo Científico y Tecnológico, AC, asociación que sirvió como órgano asesor del Conacyt hasta su disolución en 2020.
En contra del sobreseimiento, la FGR interpuso un recurso de apelación. Los defensores de los científicos, los abogados Jesús Moreno y Alberto del Río, afirmaron que el tribunal colegiado de apelación confirmó la resolución de sobreseimiento apelada, la cual fundó y motivó, y ordenó archivar el asunto como totalmente concluido.
El órgano jurisdiccional consideró infundados e inoperantes los agravios de la FGR, ya que sólo formuló “manifestaciones lacónicas e insuficientes” para combatir los razonamientos del juez de control.
Añadió que el fallo del impartidor de justicia se encuentra justificado, pues los motivos y fundamentos de orden legal son suficientes para el sobreseimiento de la causa 299/2021, ya que no se acreditaron los delitos. El fallo tiene los mismos efectos que una sentencia absolutoria, por lo que el Ministerio Público ya no puede investigarlos y acusarlos por los mismos hechos.