Ciudad de México. La Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se declara terminada la acción extraordinaria en materia de salubridad general que tuvo por objeto prevenir, controlar y mitigar la enfermedad causada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19).
A pesar de que con este decreto el gobierno federal declara terminada la pandemia en México, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) al amparo del "Decreto por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19)", debe establecer acciones para conservar los medicamentos e insumos objeto de dichas autorizaciones que se requieran para dar continuidad a la Política Nacional de Vacunación contra este virus, o bien para el plan de gestión a largo plazo para el control de la COVID-19.
Asimismo, la Secretaría de Salud debe realizar las acciones necesarias para adecuar la Política Nacional de Vacunación contra este virus para prevenir contagios en México, y también debe emitir el plan de gestión a largo plazo para el control de la COVID-19, dentro de los 30 días naturales siguientes contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.