La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará el miércoles la constitucionalidad del tipo penal de enriquecimiento ilícito, al revisar el amparo de un ex funcionario del Servicio de Administración Tributaria (SAT) acusado de recibir sobornos a cambio de no imponer sanciones a empresas que evadieron impuestos.
El juicio fue promovido por Héctor Taurino Landa Cabrera, administrador central de Coordinación Estratégica de la Administración General de Grandes Contribuyentes del SAT entre 2013 y 2018, a quien se le descubrieron bienes inmuebles por 21.9 millones de pesos, presuntamente recibidos como soborno por parte de grandes empresas.
Las investigaciones de las autoridades reveladas en 2020 señalaron que, dos años antes, la Arrendadora Franllutti, señalada como facturera –es decir, que expedía comprobantes fiscales sin respaldo–, los cuales son utilizados para evadir impuestos, le había regalado a Landa Cabrera una residencia en el número 43 de la calle Iglesia, en Jardines del Pedregal, con valor de 15 millones de pesos.
La empresa Franllutti se creó en 2015. Durante los tres años siguientes, presentó sus declaraciones fiscales en ceros, no declaró operaciones, activos o inversiones. En todo ese tiempo, la empresa solamente emitió un CFDI en 2016 por gastos notariales.
Al revisar otros datos en el Registro Público de la Propiedad, se encontró que Taurino Landa Cabrera tenía otras casas en las colonias Escandón, Tetelpan y un departamento en el Centro de la capital.
Todas estas propiedades excedían con creces sus ingresos como funcionario público y, al no poder comprobar su origen legítimo, fue vinculado a proceso por el delito de enriquecimiento ilícito.
En un intento por evitar la acción de la justicia, el ex funcionario promovió el amparo impugnando el artículo 224 del Código Penal Federal (CPF), que tipifica el delito de enriquecimiento ilícito, y también el artículo 70 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
En el máximo tribunal, el asunto fue asignado para su estudio al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien en su proyecto propone reconocer la validez del CPF, señalando que no viola el principio de presunción de inocencia ni el debido proceso.
“Tratándose del delito de enriquecimiento ilícito, el Ministerio Público tiene la carga de probar que la conducta reprochada a una persona servidora pública se ajusta a la hipótesis normativa prevista en el artículo 224 del Código Penal Federal, por lo que su intervención no se limita a la detención del probable responsable sino a la comprobación de la conducta consistente en haber incurrido en un enriquecimiento presuntivamente ilícito, dada la desproporción entre los ingresos legalmente declarados y el haber patrimonial real”, señala el proyecto del ministro González.
En cuanto a la impugnación a la ley de protección de datos, por “permitir la intromisión de las autoridades en la información financiera”, también se propone negar la protección de la justicia federal debido a que normas internacionales permiten dichas acciones, cuando se trata de prevenir la corrupción.
“La Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, al señalar que los Estados deben considerar la adopción de medidas de declaración financiera para identificar los delitos referidos en el texto del tratado, existe una estrecha relación que debe existir entre las medidas preventivas con aquellas de procuración de justicia”, señala el proyecto de sentencia.