Por nueve votos contra dos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la primera parte del Plan B de reforma electoral, debido a que consideraron que para su aprobación se incurrió en violaciones al proceso legislativo.
El ministro Alberto Pérez Dayán, ponente en este asunto, explicó que a la iniciativa para esta reforma se le dio un tratamiento como si fuera de urgente y obvia resolución, sin que hubiera justificación alguna para hacerlo.
Con esta condición, afirmó, se permitió que se analizara en comisiones de forma separada y se llevara votar en el pleno sin publicar debidamente la iniciativa en el Diario de los Debates, lo cual violó las condiciones de libertad e igualdad.
Los ministros que votaron a favor del proyecto de Pérez fueron: Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Luis María Aguilar Morales, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Mario Pardo Rebolledo, Javier Laynez Potisek y Norma Lucía Piña Hernández.
La ministra Ríos Farjat señaló que esta decisión no prejuzga sobre si esta reforma es acorde o no a la constitución, solo señala que para su aprobación se incumplió con el debido proceso legislativo.
“Invalidar un proceso legislativo no prejuzga sobre las normas de ahí emanadas. Siempre existe la posibilidad de que esas normas contengan cuestiones positivas para el orden jurídico, que entrañen ajustes importantes y necesarios para mejorar las instituciones de la Unión y la armonía de nuestra sociedad. Así que la invalidez de un proceso legislativo no entraña juicios respecto a los méritos constitucionales de las normas que emanaron de ese proceso”, señaló Ríos Farjat.
Las únicas ministras que votaron contra la propuesta de Pérez Dayán ha sido Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, quienes afirmaron que no existieron la suma de violaciones al proceso legislativo que señala el proyecto.
Coincidieron también en que la SCJN no puede invadir las facultades del Poder Legislativo e invalidar una norma que fue aprobada por la mayoría.