La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinará la semana próxima la “responsabilidad indirecta” del presidente Andrés Manuel López Obrador por los materiales y expresiones divulgados en la mañanera.
A insistencia de la oposición, los magistrados votarán sobre el contenido de la conferencia matutina de Palacio Nacional del 7 de marzo de 2022, cuando funcionarios federales expusieron programas en periodo prohibido, toda vez que se estaba en la antesala de la consulta de revocación de mandato.
Y si bien así lo ratificó la sala especializada de este mismo tribunal, dejó sin responsabilidad al mandatario, situación que el PRD volvió a impugnar.
El proyecto de resolución elaborado por el magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, viene en el sentido de revocar la resolución de la especializada.
Lo anterior, al concluir que existe “responsabilidad indirecta” de López Obrador al tener “suficiente conocimiento” de los temas que se discutirían y, en consecuencia, un deber de cuidado. En el expediente (SUP-REP-795/2022 y acumulado) se hace referencia a las denuncias originales, promovidas por el PAN y el PRD, que denunciaron a funcionarios por las expresiones vertidas en la mañanera y si éstas constituían propaganda gubernamental en periodo prohibido, que podía influir en las preferencias de los ciudadanos en el citado proceso de revocación.
El expediente ha tenido distintos análisis por diferentes magistrados; en agosto pasado, la sala superior ordenó a la especializada ser exhaustiva en el estudio de fondo, particularmente en lo que fue responsabilidad de una concesionaria pública de televisión y, como se dijo, ahondar si el mandatario había también transgredido la ley.
Según el proyecto del magistrado Reyes Rodríguez, “existen suficientes elementos normativos y fácticos para concluir que el Presidente de la República tenía conocimiento de los temas a abordar en la conferencia matutina del 7 de marzo, material denunciado” como difusión en periodo prohibido.
López Obrador –añade– “tenía un deber especial de cuidado y faltó al mismo”.
Al mismo tiempo, en otro asunto que se resolverá en los próximos días, ordena a la especializada analizar de nueva cuenta si hubo irregularidades de Claudia Sheinbaum, Marcelo Ebrard y Adán Augusto López por haber hecho referencias explícitas a los procesos en curso en Coahuila y el estado de México, y si pueden considerarse actos anticipados de campaña en favor de Morena.
En juicios distintos, a tratar el miércoles, se propone avalar decisiones del Tribunal Electoral del Estado de México, en diferentes sentidos, algunos a favor y otros en contra de las dos candidatas a la gubernatura de esa entidad.
No obstante, en un expediente se revoca la decisión de ese tribunal y se indica que sí es infracción la participación de un alcalde en un evento proselitista de la candidata del PRI.