Con la nueva Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, el gobierno federal crea el primer Sistema Nacional de Información, a fin de que todos los resultados derivados de la investigación científica y humanista, así como del desarrollo tecnológico e innovación financiados por el Estado sean de acceso abierto.
Lo anterior se establece en el título cuarto del nuevo marco normativo en el que se regula el acceso abierto a la información que derive de las humanidades, las ciencias, las tecnologías y la innovación apoyadas por el Estado, con el objetivo de garantizar el derecho humano a la ciencia, así como el interés público, lo que incluye también el acceso a los trabajos de titulación o equivalentes de los becarios de posgrado o que realizaron actividades posdoctorales.
El conocimiento generado en estas condiciones deberá ser accesible al público en general, sin perjuicio de los derechos de propiedad intelectual, seguridad nacional, de la legislación aplicable en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales.
El sistema también comprenderá datos relativos a servicios técnicos para la modernización tecnológica, la normalización, la propiedad industrial, el desarrollo tecnológico y la innovación. Además, deberá incluir información diferenciada por género, origen étnico, edad, clase y sector social, a fin de medir con mayor precisión el impacto e incidencia de las política y programas del sector.
Para ello, la ley contempla que el Sistema Nacional de Información sea administrado y operado por el nuevo Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (Conahcyt), el cual deberá expedir los lineamientos generales de integración, organización y funcionamiento.
Corresponderá a los gobiernos de los estados integrar y gestionar sus sistemas locales de información, de acuerdo con lo que establece la ley y las directrices que marque el consejo nacional en materia de gobierno de datos.
Además, para hacer realidad este sistema, el consejo nacional deberá apoyar, regular y coordinar, de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria, la operación de una red de cómputo científico de alto rendimiento en la que participen universidades, instituciones de educación superior y centros de investigación del sector público, a fin de garantizar la operación óptima del sistema y el uso eficiente de las capacidades instaladas en el país que hayan sido financiadas con recursos públicos.
La nueva ley general también contempla la creación de repositorios informáticos a fin de facilitar el acopio, preservación, gestión y acceso electrónico a la información y contenidos de calidad, incluyendo aquellos que sean de interés social y cultural, entre otras medidas.