Adeudos por unos 8 mil 500 millones de pesos y la falta de certeza sobre la continuidad de los contratos de medicamentos y material de curación, son de los asuntos que la industria farmacéutica considera de “urgente” resolución, ante la desaparición del Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi).
Rafael Gual, director de la Cámara Nacional de la Industria Farmacéutica (Canifarma), destacó que esta es la sexta transición, en el actual gobierno, de responsables en la administración y gestión de los contratos, lo que ha implicado en algunos casos su cancelación o por lo menos, el retraso en el pago de adeudos.
Llamó la atención sobre el hecho de que en esta ocasión, la reforma a la Ley General de Salud aprobada en el Congreso de la Unión establece un plazo de 180 días para concretar la transferencia de recursos humanos, presupuestarios, financieros y materiales, así como de inmuebles, derechos y obligaciones del Insabi a IMSS-Bienestar o a la Secretaría de Salud (Ssa), según corresponda.
Otros ejecutivos de la industria confiaron en que si la Secretaría de la Función Pública (SFP) funge como ente liquidador del Insabi, los laboratorios farmacéuticos y distribuidores podrían tener alguna interlocución para, al menos, conocer qué instancia dará continuidad a los contratos, las entregas de productos y los pagos pendientes y los que se vayan generando, pues la prestación de los servicios médicos no se detiene ni las requisiciones de insumos de clínicas y hospitales.
Juan de Villafranca, presidente ejecutivo de la Asociación Mexicana de Laboratorios Farmacéuticos (Amelaf), coincidió en la necesidad de que las autoridades definan cuanto antes las reglas de operación a partir de la desaparición del Insabi, y no esperar 180 días.
Estimó que la deuda del sector salud con los proveedores ronda 17 mil millones de pesos, por lo que insistió en ofrecer el apoyo de la industria para que el proceso salga bien, sobre todo para evitar desabasto de medicinas.
En tanto, además de la desaparición del Insabi, en la reforma a la Ley de Salud se establece la prohibición de cobrar cuotas de recuperación por la prestación de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social.
El ordenamiento, cuya promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación está pendiente, deslinda al Estado de la responsabilidad de garantizar la protección de la salud. La nueva ley dice que corresponde a las entidades federativas y, en su caso, de manera concurrente, con la Federación a través del sistema de salud para el bienestar.
Además, los estados que no firmen convenios con IMSS Bienestar para la federalización de los servicios sanitarios recibirán las transferencias que, junto con los rendimientos financieros, deberán entregar a los órganos estatales de salud dentro de los cinco días hábiles siguientes y éstos, a su vez, informarán a la Ssa o al IMSS-Bienestar en tres días, el monto, fecha e importe de los rendimientos generados que se les haya entregado.