Ciudad de México. La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó inexistente la promoción personalizada y actos anticipados de campaña del canciller, Marcelo Ebrard, al considerar en un asunto analizado que no se trató de una participación en actos partidistas o proselitistas, además de que no hubo ninguna mención de promover su figura rumbo a las elecciones de 2024.
En la sesión pública, el pleno de esta sala especializada votó por unanimidad que el secretario de Relaciones Exteriores participó en actos internos de la dependencia que encabeza, en los que no hizo ningún llamado a votar por él o no votar por otra persona, por lo que no hay elementos para considerar que violó las leyes electorales.
El pleno también voto por unanimidad que el presidente AMLO no ejerció propaganda gubernamental en la conferencia mañanera del 16 de marzo del año pasado durante el proceso de la revocación de mandato, por lo que puede volver a publicarla, ya que no incurrió en ningún acto contrario al marco jurídico electoral.