El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) opinó que la Secretaría de Bienestar debe entregar el nombre, cargo, domicilio, teléfono y extensión del Secretario Particular o equivalente a Asesores, Secretario Técnico o Coordinador de Gestión, de la oficina de la Secretaria de dicha dependencia, en respuesta a la solicitud de un ciudadano.
Dicha secretaría había respondido que no tenía tal información pues dicho cargo no existe en su organigrama.
El revisar la negativa de la dependencia a transparentar dicha información, el pleno del INAI, en su sesión del 30 de marzo pasado, señaló que es de interés social el conocer quiénes son los funcionarios públicos que laboran en el gobierno federal, y que ocultar estos datos es caer en la opacidad.
Para el pleno del INAI, la repuesta de la secretaría no es suficiente pues “no cumplió con el procedimiento de búsqueda pues si bien turnó la solicitud a una unidad administrativa competente para conocer sobre lo requerido, fue omiso en turnarla a la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y la Dirección General de Procesos y Estructuras Organizacionales quienes, según sus funciones, se encuentran facultadas, respectivamente, para conocer sobre las arquitecturas y soluciones de tecnologías de la información y comunicaciones, por lo que el agravio de la persona recurrente resultó fundado”.
Por ello, INAI determinó modificar la respuesta de la Secretaría del Bienestar y le instruyó realizar una búsqueda amplia, razonable y exhaustiva de la información solicitada, esto es, nombre, cargo, domicilio, teléfono, extensión del Secretario Particular o equivalente a Asesores, Secretario Técnico, Coordinador de Gestión, de la Secretaría de Bienestar, en todas las unidades administrativas que resulten competentes.