Ciudad de México. En sus más recientes auditorías al Instituto Nacional de Migración (INM), correspondientes a 2020 y 2021, la Secretaría de la Función Pública (SFP) encontró que hasta diciembre de este último año el organismo no podía evaluar adecuadamente los indicadores del desempeño de las estaciones migratorias, ni contaba con manuales de políticas, procedimientos y actividades actualizados desde 2012, además de que adjudicó contratos a empresas que no contaban con la capacidad requerida y no comprobó diversos gastos, por lo que incurrió en “falta de apego a la Constitución” y a distintas leyes.
En la auditoría 11/2021, la SFP encontró que diversas fórmulas empleadas por el INM para supervisar las labores de las estaciones migratorias son incorrectas, pues no concuerdan con la descripción de los indicadores que pretenden verificar.
Por ejemplo, para supervisar el indicador “Expedientes de alojados”, el INM señaló que hacía una “revisión aleatoria de las estaciones migratorias y estancias provisionales”, lo que de acuerdo con la SFP no funciona, pues “no mide los expedientes revisados ni la correcta integración de los mismos, sino que mide que el número de expedientes integrados concuerde con el de extranjeros alojados”.
Por ello, la SFP pidió que se tomen medidas para que la Dirección de Estaciones Migratorias “verifique que exista una congruencia entre las fórmulas y las descripciones de los indicadores, a fin de poder evaluarlos correctamente”.
En el dictamen de la auditoría 15/2021, la SFP indica que el INM “incurrió en irregularidades a la normatividad”, que consistieron en no respetar la Constitución, la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público”, entre otras.
Señala que el INM no contó con manuales de políticas, procedimientos y actividades actualizados desde 2012, y agregó que, ante esta observación, en diciembre de 2021 y como parte de la revisión, el instituto presentó un oficio con las gestiones correspondientes para actualizar dichos manuales.
Agrega que el INM no presentó las pólizas contables y autorizaciones de pago correspondientes al contrato CS/INM/80/2020; contrató empresas no inscritas en el portal del Registro Único de Proveedores y Contratistas y que no contaban con personal activo en el IMSS. Además, el proveedor al que se le otorgó ese contrato, no contaba con recursos técnicos, financieros y capacidad inmediata para cumplir con lo encomendado.