En marzo 2023 –como cuando en 2007, en calidad de fiel soldado priísta, impuso la fracasada Nueva Ley del Issste–, sin consultar a nadie y con absoluta ausencia de diálogo social, Miguel Ángel Navarro, el gobernador morenista de Nayarit que “instruye” a todos por igual, nuevamente impuso la que ya constituye la tercera peor ley en la materia, después de la de Zedillo-IMSS (1995) y la de Calderón-Beltrones-Issste (2007).
La norma del “estadista” Navarro vulnera las bases constitucionales del derecho a la seguridad social de los trabajadores, pensionados y sus familiares, establecidas en el artículo 123 (apartado B, fracción IX). Su régimen previsional es extraordinariamente limitado y acotado. Se reduce exclusivamente a las pensiones e ignora salud, vivienda digna, guarderías, asignaciones familiares, créditos (de corto y largo plazos) y demás prestaciones del bienestar.
El artículo 122 de la ley del “estadista” legaliza, además, el despojo de prestaciones que reciben jubilados y pensionados, como el fondo de ahorro. Establece que “a los pensionados no se les pagará ninguna otra prestación”, con lo que legaliza que dejen de recibir las establecidas en el Convenio Colectivo Laboral a que tienen derecho, las cuales ese propio convenio dispone que “se hacen extensivas a todos”.
Impone menores pensiones y requisitos más rígidos para su acceso. Con esa norma no hay “mejores jubilaciones” ni “retiro digno”. Su nuevo régimen establece pensiones más bajas y mayores requisitos de calificación para trabajadores de ingreso reciente. Así, para contar con derecho a la pensión por jubilación, deberán tener 35 años de servicio y 65 de edad cumplidos. La cuantía será más baja porque se calculará sobre el mal llamado “salario pensionable”, que es el promedio de los últimos cinco años del salario base de cotización (SBC).
Así que, la ley de “estadista”, primero, impone un SBC raso: muy bajo y, además topado, pues no incluirá ninguna otra prestación. Después, ignorando el consenso internacional, para el cálculo de la pensión sólo considera el promedio de ese SBC raso de los últimos cinco años con un salario base de cotización nominal, no real. El “estadista” Navarro no evita el deterioro en el cálculo del monto pensionario porque nunca elimina la pérdida del valor del SBC debido a la inflación llevándolo a valor presente.
Respecto del salario pensionable, en plena 4T, el “estadista” Navarro impone que el SBC no podrá ser menor a dos UMA. ¡Como si se tratara de un avance!, pero resulta que en 2023 dos UMA mensuales equivalen a un salario mínimo. ¡Nada nuevo!, más que demagogia. Y, en un indescriptible retroceso, tampoco garantiza el aguinaldo a la nueva generación que corresponde a igual número de días a los concedidos a los trabajadores en activo.
En relación con el financiamiento del nuevo régimen de pensiones, la ley Navarro establece que los servidores públicos deberán “pactar” con su entidad pública patronal que se cubra una cuota mínima de 7 por ciento, la cual “podrá” elevarse hasta 15 por ciento de su SBC, mientras el patrón cubrirá su aportación según el porcentaje acordado con el trabajador.
Es decir, no sólo no será obligatorio cotizar más allá del mínimo de 7 por ciento del SBC, sino que no se generan incentivos para que trabajadores y dependencias coticen más allá del mínimo de ese porcentaje, ya que, en estricto sentido, cuotas y aportaciones van al fondo común denominado Fondo para el Retiro Digno, que administrará la Afore, SA, de CV del “estadista” Navarro. En una palabra: los empleados que coticen con un porcentaje mayor al mínimo de 7 por ciento de su SBC, no tendrán ninguna garantía de una pensión más alta. ¡Vaya “estadista”!
También es del todo evidente que el régimen de “ahorro voluntario” para que las dependencias “incentiven a sus trabajadores a ahorrar” que “diseñó” “el estadista” –paralelo al régimen obligatorio–, no tiene ninguna finalidad previsional: los trabajadores que opten por “adherirse” voluntariamente al Sistema de Ahorro para el Retiro aportarán 2 por ciento de su SBC, y la dependencia, otro tanto. Pero sucede que la exposición de motivos del “estadista” Navarro enfatiza que con este ahorro voluntario, el trabajador “mejora su jubilación o pensión”, lo que no ocurrirá porque la propia ley del “estadista” establece que el trabajador podrá retirar cada año ese dinero. Así, los recursos destinados a la cuenta individual no tendrán ninguna finalidad previsional, como exige cualquier sistema de seguridad social o seguro social obligatorio. ¡Vaya “estadista”!
¿Quién es el responsable directo de semejante adefesio legal? El negro futuro (por abierta inconstitucionalidad) de la tercera peor ley pensionaria –después del IMSS/Zedillo y el Issste/Calderón– impuesta al pueblo nayarita por el gobernador morenista Miguel Ángel Navarro, queda, pues, claramente en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
*Universidad Autónoma Metropolitana-Xochimilco