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2023-03-30 06:00

SCJN abre la puerta para indemnizar a Paola Pliego

Periódico La Jornada
jueves 30 de marzo de 2023 , p. 11a

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió la puerta para que la esgrimista María Paola Pliego Lara pueda recibir una indemnización de 15 millones de pesos de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade), por haber avalado un falso positivo en una prueba antidopaje, que impidió a la atleta competir en los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro 2016.

El máximo tribunal revocó una sentencia que exigía a la deportis-ta comprobar que sufrió daño moral por el error del laboratorio.

Por mayoría de cuatro votos, la primera sala aprobó el proyecto de la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, que invalida la sentencia de un tribunal colegiado, el cual había amparado a la Conade y prácticamente cerrado el caso.

La esgrimista fue sometida a una prueba antidopoje en el Laboratorio Nacional de Prevención y Control del Dopaje de la Conade, que supuestamente dio positivo en julio de 2016 a modafinilo, una de las sustancias cuyo consumo está prohibido para los atletas de competencias internacionales.

Pliego fue suspendida de manera inmediata y no pudo participar en los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro, donde su lugar fue ocupado por Julieta Toledo.

No obstante, el análisis de la prueba B que realizó meses después el Laboratorio de Colonia, Alemania, indicó que en México se confundió la molécula del modafinilo con la de un antihistamínico, por lo que la propia Agencia Mundial de Antidopaje exoneró a la esgrimista.

Con el equipo tricolor, Pliego logró dos oros, dos platas y dos bronces en los Campeonatos Panamericanos de esgrima entre 2015 y 2017. Después de ser exonerada, la queretana optó por ya no representar a México y a partir de 2018 compite por Uzbekistán.

En busca de una reparación de daños, Pliego demandó por la vía civil a la Conade y obtuvo en 2020 un fallo favorable, que ordenaba el pago de la indemnización millonaria. Sin embargo, el organismo gubernamental interpuso un amparo ante el octavo tribunal colegiado en materia civil, quien le dio la razón y señaló que no había razón para pagarle a la atleta.

Inconforme, Paola apeló argumentando que el tribunal le exigió comprobar el daño moral que sufrió por el error de la Conade, revirtiendo la carga de la prueba hacia ella, siendo la víctima, lo cual es inconstitucional.

El fallo aprobado invalida el amparo obtenido por la Conade y ordena reabrir el caso con un análisis donde “deberá pronunciarse nuevamente sobre la litis constitucional y los conceptos de violación restantes, que no formaron parte del problema de constitucionalidad aquí resuelto.”

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