La ministra en retiro Olga Sánchez Cordero destacó ayer que el Instituto Nacional Electoral (INE) carece de legitimación para presentar acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia y que ese es el único mecanismo por el que se pueden revisar las leyes electorales.
El INE interpuso una controversia contra la reforma electoral también llamado plan B. Sin embargo, el artículo 105 de la Carta Magna prohíbe ese tipo de instrumentos para impugnar normas en materia comicial.
Sólo controversias
Las leyes sobre el particular se pueden revisar únicamente “mediante acciones de inconstitucionalidad”, insistió la ahora senadora de Morena, al recordar que el instituto como órgano autónomo sólo puede presentar controversias. Los señalamientos de Sánchez Cordero se registraron luego de que el ministro Javier Laynez suspendió de manera indefinida la vigencia del plan B, impugnado por el INE bajo el recurso jurídico de controversia.
–¿El ministro está en lo correcto o en lo incorrecto?, se le preguntó en el Senado.
– En materia electoral no pueden presentarse controversias constitucionales porque lo prohíbe la Constitución. ¿Qué se presentó? Una controversia constitucional. Ahí está la respuesta.