El Poder Ejecutivo federal presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una controversia constitucional contra el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) al que acusa de rebasar sus facultades legales al emitir un reglamento sobre el uso de satélites, incluyendo la exploración comercial de los recursos orbitales del país.
El recurso quedó registrado con el número 257/2023 y fue promovida a través de la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal, para impugnar, en forma concreta, las disposiciones regulatorias en materia de comunicación vía satélite, que el IFT publicó el 23 de enero pasado.
El organismo autónomo afirma que emitió las nuevas reglas con base en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano y en sus propios estatutos.
El Ejecutivo acusa que el IFT modificó unilateralmente un reglamento vigente desde 1997, expedido por el entonces presidente Ernesto Zedillo, y sostiene que con ello invadió las facultades presidenciales y del Congreso de la Unión, al arrogarse el derecho de modificar, por sí solo, las normas para autorizar el lanzamiento de satélites y ocupar las posiciones orbitales que corresponden a México, así como concesionarlas a particulares.
Refiere que con esto viola la Carta Magna, que señala: “la comunicación vía satélite y los ferrocarriles son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25; el Estado, al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la nación, y al otorgar concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación según las leyes de la materia.”
Por el contrario, el IFT afirma que “es un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio que tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, además de ser la autoridad en materia de competencia económica de los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones.
“Para tal efecto, el instituto tiene a su cargo la regulación, promoción y su-pervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, los recursos orbitales, los servicios satelitales, las redes públicas de telecomunicaciones y la prestación de los servicios de radiodifusión y de telecomunicaciones, acceso a la infraestructura activa y pasiva, así como otros insumos esenciales.”
La controversia aún no ha sido asignada para su análisis a ningún ministro de la SCJN, ni admitida a trámite, lo que se espera ocurra en los próximos días.