Por mandato judicial, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) autorizó a una empresa transnacional el cultivo, procesamiento, producción y comercialización de cannabis industrial, así como la importación de la semilla y el procesamiento del material vegetal y producción de aceite de cannabidiol.
La autoridad sanitaria informó lo anterior y puntualizó que carece de información suficiente, por lo que no puede avalar la seguridad del producto para los fines que la empresa multinacional -a la que no identificó por su razón social- pretende utilizarlo, los que además, están fuera de la Ley.
El Congreso de la Unión no ha legislado en esta materia, por lo que el uso de mariguana con fines industriales está prohibido.
Subrayó que la autorización liberada representa un grave riesgo a la salud, por lo que en coordinación con la Secretaría de Gobernación, presentaron recursos de queja y de inconformidad en el Tercer Tribunal Colegiado de Circuito. El objetivo es revertir e invalidar la autorización a fin de proteger la salud de las personas.
La Cofepris también resaltó que liberó el permiso en acatamiento a la sentencia de amparo del Segundo Juzgado de Distrito, pues de no hacer se habría hecho acreedora a multas y destituciones de servidores públicos.
Recordó que la regulación de los productos que contienen alguna parte de la planta de mariguana y sus derivados está sujeta a un intenso trabajo, mediante el cual se determinarán estándares de calidad y seguridad en todo el proceso de cadena de suministro, fabricación, almacenaje, entre otros procesos.
En conjunto con la Secretaría de Gobernación informó haber cumplido con la sentencia judicial que obliga a emitir la autorización sanitaria de un producto que representa riesgo a la salud.
La postura del gobierno federal subraya, que la autoridad (Cofepris), presentó un recurso de queja y uno de inconformidad, contra el acuerdo, en virtud del grave riesgo a la salud que representa una autorización de este tipo, y trabaja en coordinación con Gobernación en la protección a la salud en el país
“En virtud del grave riesgo a la salud que una autorización de este tipo representa, y en coordinación con la Secretaría de Gobernación, han sido presentados recursos de queja y de inconformidad en el Tercer Tribunal Colegiado de Circuito, con las cuales se busca revertir e invalidar la autorización a fin de proteger la salud de las personas”.
Sin suficiente información sobre la seguridad del producto
El argumento central de Gobernación y Cofepris resalta que “no se cuenta con suficiente información técnica para garantizar la seguridad del producto propiedad de una empresa multinacional”.
Así, sostienen haber cumplido sus “obligaciones como institución pública, acatando las disposiciones judiciales ante amenazas de multas y destituciones de servidores públicos, pero que no cuenta con suficiente información para determinar que este producto es seguro para los fines que la empresa multinacional pretende utilizarlo”.
Por lo tanto la Cofepris, cuyo proceder es la protección de la salud de las personas, ha colaborado con otras instituciones derivado del mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenando diferentes autorizaciones relacionadas a los distintos usos del cannabis.
“Es preciso informar que las autorizaciones que emite la agencia regulatoria tienen fundamento en el marco legal que rige el actuar regulatorio, desde la Ley General de Salud, reglamentos, normas oficiales, acuerdos y lineamientos, mismos que son públicos en el Diario Oficial de la Federación (DOF). La Cofepris carece de atribuciones en todo el proceso que involucran diversos mandatos del sistema judicial, como es la siembra o importación de semillas”.
De ese modo y en consonancia con el cumplimiento la una sentencia de juicio de amparo, “esta autoridad fue obligada por el Segundo Juzgado de Distrito a emitir una autorización para el cultivo, procesamiento, producción y comercialización de cannabis industrial, así como la importación de la semilla y el procesamiento del material vegetal y producción de aceite de cannabidiol.
La autoridad sanitaria destaca haber cumplido “con sus obligaciones como institución pública, acatando las disposiciones judiciales ante amenazas de multas y destituciones de servidores públicos, pero que no cuenta con suficiente información para determinar que este producto es seguro para los fines que la empresa multinacional pretende utilizarlo. Se menciona lo anterior, debido a que las autorizaciones determinadas por una sentencia judicial no siempre están alineadas con el marco legal en comento. Aun así, nuestra obligación como institución pública al servicio de la población es acatar las disposiciones judiciales”.
La regulación de los productos que contienen cannabis y sus derivados está sujeta a una intensa ruta de trabajo -se establece en la postura gubernamental- para establecer el marco regulatorio necesario para determinar estándares de calidad y seguridad en todo el proceso de cadena de suministro, fabricación, almacenaje, entre otros procesos.
“Esta labor ha requerido la integración de diversas instituciones que participan en el análisis y elaboración de los distintos elementos normativos indispensables para el adecuado abordaje regulatorio, desde su evaluación documental, análisis científico y vigilancia sanitaria.
“Cofepris seguirá en la ruta para garantizar, e incluso abonar a construir, el marco regulatorio necesario para que todas las autorizaciones emitidas por esta agencia nacional cumplan los estándares de calidad y seguridad”.