Ciudad de México. La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal solicitó que el expediente relacionado con el cese de Edmundo Jacobo Molina, hasta el miércoles pasado Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, sea asignado a otra magistratura, luego de que el proyecto elaborado por Janine Otálora Malassis fue divulgado en medios de comunicación. Este tipo de recursos se interponen cuando se considera que el juez asignado no es imparcial.
Hasta esta noche el caso SUP-JDC-118/2023 no había sido enlistado en los asuntos programados para ser resueltos en la sesión de mañana de la Sala Superior del TEPJF. Tampoco el caso relacionado con la impugnación de la consejera Carla Humphrey, a quien se impidió continuar en el proceso para elegir a la persona que presidirá el Instituto Nacional Electoral.
En cuanto al recurso promovido por la Presidencia de la República se indica en la carátula de registro del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
“Promueve impedimento en el expediente SUP-JDC-118/2023, al considerar que la magistrada Janine M. Otálora, instructora en dicho juicio, ha dado a conocer, en forma indirecta o directa, su postura de magistrada ponente ante la opinión pública sobre la demanda de Edmundo Jacobo Molina”.
El recurso denominado “incidente de impedimento” fue entregado a la Sala Superior del TEPJF este martes 7 de marzo a las 14:38 horas por la titular de la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República, María Estela Ríos González, y turnado para su análisis y elaboración del proyecto de resolución al magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón.
Acorde con la información divulgada en la víspera, el proyecto de la magistrada Otálora Malassis propone ordenar la restitución en el cargo de Jacobo Molina, quien ocupó esa posición de 2008 hasta la semana pasada, toda vez que su cese fue incluido en un transitorio del decreto de reforma electoral, conocido como Plan B.
Uno de los argumentos del ex funcionario electoral y del propio INE, mismos que fueron avalados en ese proyecto, que la designación es facultad constitucional del consejo general, además de que las leyes deben ser generales, es decir, no pueden ser dictadas con enfoque en una persona.
Por tanto, la magistrada propone inaplicar el artículo transitorio respectivo.