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Política

2023-02-16 20:23

Licitación para sede en NL se realizó con transparencia y legalidad: INE

Instalaciones del INE en imagen de archivo.
Instalaciones del INE en imagen de archivo. Foto Cristina Rodríguez

Ciudad de México. El Instituto Nacional Electoral (INE) justificó el requerimiento de datos a la empresa ganadora de la construcción de oficinas en Nuevo León, uno de los elementos que señaló el Organo Interno de Control (OIC) para suspender al director de Obras del INE y, por tanto, la citada edificación.

En una tarjeta informativa, el INE aseveró que la determinación del OIC es provisional, en tanto desarrolla la investigación del caso “por lo que dista mucho de ser una resolución definitiva”.

También asegura que informó y atendió cada paso señalado por el OIC.

Señala que el asunto fue publicado por “algunos medios de comunicación”, aunque no aclara que la fuente de la información fueron mensajes del OIC de su cuenta oficial de Twitter, del martes de esta semana:

“Por manifiestas irregularidades en una licitación pública, al permitir perfeccionar la propuesta técnica a la empresa adjudicada, en perjuicio de otros concursantes, el OIC cautelarmente suspendió de sus funciones al titular de la dirección de Obras”.

El INE asegura que el procedimiento de licitación para la construcción del edificio sede de la Junta Local Ejecutiva en Nuevo León “se llevó a cabo bajo los principios de transparencia, certeza y legalidad, por lo que todos los actos son consultables, verificables y auditables por las autoridades fiscalizadoras y por la ciudadanía”.

Recalcó que el procedimiento iniciado por el OIC se encuentra en su primera etapa, en la cual los servidores públicos involucrados aportarán los elementos para acreditar que cada paso se realizó con apego a la normalidad.

“Cabe agregar que las bases de la convocatoria de licitación establecen que para acreditar la capacidad económica, el Licitante deberá presentar, entre otros, la declaración y el pago provisional del Impuesto Sobre la Renta y del Impuesto al Valor Agregado del mes inmediato anterior a la fecha de publicación de la licitación, la que fue acreditada en estos términos por el licitante ganador.

“Sin embargo – añade el INE- el OIC señaló la necesidad de contar con el desglose de la misma y se atendió la ampliación de esta información, que se solicitó al licitante ganador, lo cual también se hizo del conocimiento del OIC”.

Señaló que “es facultad del Instituto solicitar al licitante las aclaraciones pertinentes o aportar información adicional para realizar la correcta evaluación de las proposiciones, siempre y cuando no implique alternación alguna a la parte técnica o económica de su proposición; sin embargo, el OIC decidió detener la obra”.

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