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Política

2023-02-15 14:17

"Diálogos por México", convocado por el PRI, no fue acto anticipado: TEPJF

Durante una sesión de los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Durante una sesión de los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Foto Cristina Rodríguez / Archivo

La reunión convocada por el PRI denominada “Diálogos por México”, en la que algunas personas - como la senadora Beatriz Paredes- manifestaron su aspiración por la candidatura a la Presidencia de la República, no fue un acto anticipado de campaña sino un acto partidista.

Así lo resolvió la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Sin discusión, los magistrados admitieron el sentido del proyecto según el cual tampoco hubo uso indebido de recursos públicos a partir de la asistencia de diversas personas servidoras públicas.

El caso se deriva de una denuncia de Morena en contra del PRI, de su dirigente y de diversas personas de este partido, por realizar actos anticipados de campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos y de la pauta en relación con la elección federal de 2024.

“Diálogos por México” se realizó los días 17 y 18 de octubre de 2022 en las instalaciones del partido en la Ciudad de México.

La Sala Regional Especializada declaró la inexistencia de las infracciones por lo que Morena acudió a la Sala Superior.

A propuesta del magistrado Indalfer Infante Gonzales, el pleno “no advirtió el elemento subjetivo de los actos anticipados de precampaña o campaña, ya que no estuvieron dirigidas a obtener el apoyo de la ciudadanía ni implicaron un actuar idóneo, consistente y sistemático o planificado con miras a ello”.

En el proyecto aprobado se dijo que si bien el evento tuvo difusión en redes sociales, no estuvo dirigido a la ciudadanía en general sino a su militancia a la cual no se le solicitó el voto.

Sobre la existencia de promoción personalizada y el uso de recursos, los magistrados coincidieron- según el sentido de su voto- que no existieron elementos para suponer que el evento denunciado fue de carácter proselitista, sino partidista.

En consecuencia, no resultaron aplicables los criterios respecto a la participación de las personas servidoras públicas o uso indebido de recursos en tales actos.

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