El Poder Judicial debe mantener su autonomía frente a presiones que puedan generar la industria tabacalera, empresarios, cantinas y restaurantes respecto a los amparos que han promovido contra las modificaciones a la Ley General para el Control del Tabaco, que entró en vigor hace un mes, coincidieron organizaciones no gubernamentales.
Erick Antonio Ochoa, presidente de la organización Salud Justa Mx, señaló que en México el consumo de productos elaborados con tabaco mata anualmente a más de 64 mil personas. “Las muertes por tabaco están asociadas con cáncer de pulmón, mama, laringe y boca, además de padecimientos cerebrovasculares, enfermedad pulmonar obstructiva crónica e infarto agudo al miocardio”.
Destacó que, de acuerdo con información del Instituto de Efectividad Clínica y Sanitaria, el tabaquismo es la principal causa prevenible de muerte y enfermedad a escala mundial.
El 14 de diciembre el Ejecutivo federal publicó por conducto de la Secretaría de Salud las modificaciones a la normatividad, que tienen como finalidad primordial “proteger a la población contra la exposición al humo de tabaco y emisiones en cualquier área física con acceso al público, en los espacios cerrados, en todo lugar de trabajo, en el transporte público, en espacios de concurrencia colectiva, así como en las escuelas públicas y privadas de todos los niveles educativos”.
Las nuevas reglas prohíben a tiendas de abarrotes, de conveniencia y autoservicios exhibir al púbico cajetillas de cigarros, mientras los restaurantes no podrán servir alimentos y bebidas en espacios destinados para fumar.
No obstante, a casi un mes de entrar en vigor dichas disposiciones, los afectados promovieron en promedio una veintena de amparos. En su mayoría, los impartidores de justicia han rechazado suspender la medida. La semana pasada, el juzgado cuarto de distrito en materia administrativa en la Ciudad de México concedió la primera suspensión definitiva contra el reglamento a la cantina El Gran León de Oro.
Para Antonio Ochoa los argumentos de los jueces en materia administrativa que han concedido algunas suspensiones contra la prohibición “es errónea, falaz e incluso se debe considerar engañosa, ya que afecta seriamente a la esfera de protección de los derechos de las personas en general. Los togados están dejando de lado el objetivo de la ley de proteger a los no fumadores y sobre todo a los niños. No hay ninguna consideración”.
“Estas decisiones erráticas constituyen una amenaza para la población, por eso la defensa que se tiene que hacer de estos decretos tiene que ser sólida, evidenciando cualquier tipo de irregularidad en el razonamiento de los jueces.
Por separado, Max Cárdenas, abogado especialista en el tema, confió en que las suspensiones otorgadas, entre ellas a la cantina El Gran León de Oro y Grupo Hunan, serán revocadas, como resolvieron varios impartidores de justicia al negar las suspensiones, pues argumentaron que es improcedente conceder esa medida para los efectos solicitados, porque con su concesión se contravendrían disposiciones de orden público e interés social teniendo en cuenta el daño que puede ocasionar al público el consumo de productos elaborados con tabaco.