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Sociedad

2023-02-09 06:00

Agenda Judicial

Periódico La Jornada
jueves 09 de febrero de 2023 , p. 31

Vacaciones dignas

Gilberto Chávez Orozco

El pasado 1º de enero del 2023 entró en vigor el Decreto publicado en Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022 que reformó en beneficio de los trabajadores los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo en materia de las llamadas “vacaciones dignas”.

El texto anterior establecía vacaciones mínimas de 6 días por el primer año, incrementando en 2 días por año de servicios hasta llegar a doce. Después del cuarto año, aumentará en dos días por cada cinco de servicios. El texto reformado dispone vacaciones mínimas de doce días por el primer año y aumento de dos días por cada año subsecuente, hasta llegar a veinte. A partir del sexto año, aumentarán en dos días por cada cinco de servicios.

Existe confusión sobre el número de días a vacacionar cuando parte del periodo anual se laboró durante el 2022. Una primera corriente opina que deben disfrutarse conforme al texto reformado. Una segunda, opina que cada lapso laborado debe cubrirse conforme al texto vigente al momento de laborarlo.

La confusión se agudizó por la difusión que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) hizo en su página web en texto y video a favor de la primera corriente*. Es un error

El artículo 14 constitucional prohíbe aplicar retroactivamente cualquier ley en perjuicio de persona alguna. No hay duda: si se aplica el texto reformado, que rige a partir del 2023, para el tiempo laborado en el 2022, resulta retroactivo en perjuicio del patrón y por tanto es inconstitucional.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió las jurisprudencias con registro 188508 y 197363 para definir cuando una ley es retroactiva aplicando la “Teoría de los Componentes de la Norma”: toda norma tiene un supuesto y una consecuencia: cualquiera de ellos que se actualice conforme a un texto legal, no puede ser alterado por una norma posterior, pues sería violatorio del artículo 14 Constitucional.

Es deseable que la STPS conozca y observe la constitución y la jurisprudencia de la SCJN al difundir sus comunicados, para evitar confundir a trabajadores y patrones.* https://fb.watch/ijw3wE24dR/?mibextid=v7YzmG

***

“Honoré Daumier La risa republicana” de Luis Puelles Romero es una recopilación analítica del trabajo de Daumier, un celebre caricaturista francés del siglo XIX, quien con sus burlas libró una feroz batalla contra políticos, mostrándolos con sus errores irremediables. Reconocido por Walter Benjamin y otros historiadores, Daumier evidenció que el arte puede ser el más eficaz y cruel analista de la estulticia humana: sigue vigente.

Una muestra: mientras dos políticos se agreden, un tercero dice “Señores, moderación…estamos en el pasillo…¡estos insultos son más propios de la sesión!”.

Escuche los podcasts de “Crimen lingüístico a la ley” y “Vampiros y el derecho a la salud” en “Literatura y derecho” de Ricardo Guzmán Wolffer en Spotify y plataformas afines.

Sugerencias y colaboraciones: agendajudicial@jornada.com.mx.

https://agendajudicialricardoguzmanwolffer.blogspot.com/

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