Morena en la Cámara de Diputados presentó una iniciativa para eliminar la medida cautelar de arraigo, que se tipifica en el Código Nacional de Procedimientos Penales y en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, figura de la que se abusó entre 2004 y 2018, cuando más de 12 mil personas fueron privadas de su libertad bajo dicho estatus.
El arraigo representa una condición “sumamente cuestionada, que implica padecer una pena de privación de la libertad anticipada, sin acusación formal y es utilizada para causar zozobra a la persona arraigada”, indicó en la propuesta de anulación la vicecoordinadora de la bancada Aleida Alavez.
La moción, que se turnó a comisiones, hace referencia a la detención ilegal y arbitraria de los hermanos Gerardo y Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, así como de Gustavo Robles López, en enero de 2006 por agentes de la desaparecida Policía Federal Preventiva. Los tres fueron sometidos a un arraigo de 90 días, así como a tortura.
El arraigo es una medida cautelar aplicable por los jueces, a solicitud del Ministerio Público, sobre personas presuntamente relacionadas con tráfico de drogas o secuestro, en tanto continúa una investigación en su contra, hasta un máximo de 80 días.
Actualmente, en el país sólo opera el Centro Federal de Arraigo, en la colonia Doctores, que cumplirá 20 años en agosto.
Otra de las medidas cautelares previstas en el marco penal, es la prisión preventiva oficiosa, para delitos como abuso sexual, feminicidio, homicidio doloso, secuestro, trata de personas, robo de casa-habitación, delincuencia organizada y desaparición forzada, entre otras.
En su iniciativa, la diputada Aleida Alavez refirió que la Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó indicar al gobierno mexicano que “deje sin efecto las disposiciones del arraigo de naturaleza preprocesal”, y señaló que la reforma busca precisamente atender dicha sentencia.
Explicó que, aun cuando este mecanismo permite al Estado emplear “todos los medios necesarios e idóneos para enfrentar a la delincuencia organizada, no pueden vulnerar los derechos humanos de los imputados, pues son garantías fundamentales reconocidas en la Constitución y en lostratados internacionales, entre los que se encuentran los de presunción de inocencia, a la libertad y al debido proceso”.