Ciudad de México. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó nuevas disposiciones al Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), a través de las cuales puntualiza las razones por las que una persona física o moral se le pueda negar o cancelar la inscripción a la plataforma.
El acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, que entra en vigor a partir de hoy, contempla la modificación de dos artículos y se adicionan dos fracciones.
Lo anterior, señaló la dependencia, para obtener “mayor eficacia en el desarrollo de las acciones de vigilancia y promoción del cumplimiento de la normatividad laboral” que regula la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas.
De acuerdo con el documento, podrá darse de baja del REPSE a una empresa cuando ésta incurra en registrar a los trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social con un salario distinto; irregularidades relacionadas con el contrato.
De igual forma se encuentra la posibilidad de que las personas físicas y morales puedan solicitar la cancelación de su aviso de registro por así convenir a sus intereses, “siempre y cuando expongan y justifiquen a la Secretaría la razón de ello”.
También, se adicionó el capítulo III Bis, “De la vigilancia del registro”, a fin de que se ejecuten revisiones a los contratistas y a sus beneficiarios de los servicios que prestan.
La Unidad de Trabajo Digno de la STPS, será la responsable de vigilar y promoverrá el cumplimiento de la legislación laboral en materia de subcontratación, en todos los centros de trabajo que estén inscritos en el Registro de Prestadora.