A raíz de los “incidentes atípicos” ocurridos en el Sistema de Transporte Colectivo Metro, legisladores de Morena presentaron iniciativas para incrementar las penas por actos que atenten contra las vías de comunicación y medios de transporte cometidos por servidores públicos, así como por las muertes o lesiones que ocasionen.
La coordinadora del grupo parlamentario, Martha Ávila, propuso que la sanción de uno a cuatro años de prisión prevista en el Código Penal por los delitos señalados en el artículo 331, se incremente a una mínima de tres y una máxima de siete años en los casos en que el “delito se cometa dolosamente por una persona servidora pública que se encuentre a cargo de la vigilancia y o relacionada con la prestación del servicio de transporte público, las vías de transmisión de energía o cualquier elemento que forme parte de la prestación del servicio”.
La iniciativa, dijo, tiene por objeto “disuadir y sancionar la comisión de las conductas que pongan en riesgo la operación del Metro y proteger la integridad y la vida de las personas”.
El Metro, añadió, “configura las arterias de la ciudad y realizar atentados en su contra es de suma gravedad porque no sólo se obstaculiza su buen funcionamiento, sino que se genera pánico social, caos; se apuesta por desestabilizar a la sociedad entera y como representantes populares no lo debemos permitir”.
Prevé, además, que las muertes y daños físicos que ocurran por dichos actos se tipifiquen como homicidio y lesiones calificadas, equiparadas a las que se ocasionan por medios identificados como actos de sabotajes o atentados.
El diputado Nazario Norberto planteó en otra iniciativa agregar a las conductas previstas en el tipo penal la de “alterar, interrumpir, obstaculizar, dificultar o destruir dolosamente el equipamiento urbano del transporte público colectivo” una pena mayor cuando sea cometida por un servidor público.
En la Ley de Cultura Cívica planteó incorporar al catálogo de infracciones contra el entorno urbano “dañar, pintar, maltratar, ensuciar o hacer uso indebido del equipamiento urbano o unidades del transporte público colectivo”, con una sanción de 20 a 36 horas inconmutables de trabajo en favor de la comunidad.